Economia

El Gobierno propone una nueva ley de IA con sanciones hasta 35 millones, pero exime a la Administración de multas

El Gobierno propone una nueva ley de IA con sanciones hasta 35 millones, pero exime a la Administración de multas
Avatar
  • Publishedmayo 26, 2026



las llaves

Generado con IA

El Gobierno ha aprobado un proyecto de ley para regular la inteligencia artificial, con multas de hasta 35 millones de euros por usos irresponsables.

La ley diferencia varios niveles de infracción y aplica sanciones principalmente a empresas y entidades privadas, mientras que la Administración pública sólo recibirá amonestaciones.

Están prohibidas la generación y difusión de deepfakes sexuales, el uso de IA para manipular sin consentimiento y la explotación de vulnerabilidades como la edad o la discapacidad.

La normativa exige un etiquetado claro de todos los contenidos generados o manipulados por la IA, y refuerza el papel de la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial (AESIA) como organismo supervisor.

El Consejo de Ministros aprobó hoy el proyecto Ley para el buen uso y gobernanza de la inteligencia artificialun texto que adapta la legislación española al Reglamento Europeo de IA (AI Act) y establece un régimen sancionador para quienes utilicen estas tecnologías de forma irresponsable, con multas que pueden alcanzar los 35 millones de euros. El proyecto, elaborado por el Ministerio para la Transformación Digital y Función Pública, será remitido a las Cortes para iniciar su tramitación parlamentaria, después de que el Gobierno abriera un periodo de alegaciones públicas y el texto fuera revisado por varios órganos, entre ellos el Consejo General del Poder Judicial.

La ley supone la adaptación de la normativa española de la Ley de IA, que entró en vigor el 1 de agosto de 2024 y se aplica de forma paulatina hasta el 2 de agosto de 2026 (aunque algunos casos se han retrasado hasta diciembre de 2027). Recordemos que esta norma no requiere una transposición clásica, porque se trata de una normativa europea de aplicación directa.pero deja margen para que los Estados miembros definan estructuras, procedimientos y sanciones nacionales de supervisión. España aprovecha este vacío para dotar a la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial (AESIA) de un marco nacional explícito, y para concretar un abanico de sanciones que no aparece con tanta precisión en el texto europeo.

El proyecto de ley diferencia varios niveles de infracción, siguiendo el ejemplo del reglamento europeo. En los casos más leves, las multas van desde los 6.000 euros; En los casos más graves, como el uso o comercialización de un sistema de inteligencia artificial expresamente prohibido, la sanción puede ascender hasta los 35 millones de euros o el 7% de la facturación anual, en función de la gravedad del daño individual o colectivo. El aparato sancionador estará dirigido principalmente a empresas y entidades privadas, mientras que En el caso de la administración pública, la norma se limita a contemplar amonestaciones sin multas, Una decisión que ya ha sido criticada por asociaciones de internautas, usuarios y expertos en derecho digital.

La ley se basa en el catálogo de prácticas prohibidas ya establecido por la Ley de IA, con matices propios. Entre ellos están el uso de técnicas subliminales para manipular decisiones sin un consentimiento válido, así como el uso de chatbots capaces de detectarpor ejemplo, usuarios con adicción al juego para animarles a entrar en plataformas de juego online. También se prohíbe explotar vulnerabilidades derivadas de la edad, discapacidad o situación socioeconómica y se restringe el uso de sistemas biométricos de clasificación de personas en espacios públicos, salvo casos de seguridad muy específicos. El texto también incorpora la prohibición de la generación y difusión de deepfakes sexual, figura impulsada por España en la propia regulación europea tras la polémica por las imágenes generadas por IA en las redes sociales.

Otra obligación central es el etiquetado claro de cualquier contenido generado o manipulado por IA (imagen, audio o video) que se parezca notablemente a personas, lugares u objetos reales. El objetivo declarado es que los usuarios puedan diferenciar claramente entre lo real y lo virtual, de modo que el consumidor sea consciente de que está ante un producto algorítmico y no una captura directa de la realidad. Esta obligación recae tanto en quien genera el contenido como en quien lo distribuye o difunde.que involucra a plataformas digitales, medios y empresas de servicios, que deberán integrar controles técnicos y de moderación más estrictos.

El Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial (AESIA), con sede en A Coruña, será el principal organismo encargado de supervisar el cumplimiento de la norma. La organización, puesta en marcha por el Gobierno en 2024, ya tiene capacidad de inspección y sanción, pero El proyecto de ley da un marco más claro dentro de la legislación española: se atribuyen competencias para solicitar información, inspeccionar los sistemas de IA, exigir medidas correctoras y activar el régimen sancionador. El director de AESIA es actualmente Alberto Gago, que relevó a Ignasi Belda en diciembre de 2025, después de que este último hubiera sido el artífice del lanzamiento inicial de la agencia.

Después del Consejo de Ministros, Óscar López defendió que esta norma busca controlar los usos indebidos de la IA «sin restar competitividad, al contrario»siendo el objetivo último de la ley «el paso definitivo» para que el tejido productivo pueda utilizar esta tecnología de forma responsable. En palabras de la ministra de Transformación Digital y Función Pública, de aprobarse este texto, España se convertiría en «un líder mundial en la regulación de la inteligencia artificial y uno de los países punteros en su desarrollo». Con una visión supuestamente humanista: «Creo que hemos dado un salto muy importante en un debate absolutamente civilizador. Estamos hablando de avanzar o retroceder».

Al calor de la Ley de IA

La Ley de IA, por su parte, mantiene sin cambios su calendario. Ya está en vigor en la UE y se aplica progresivamente hasta el 2 de agosto de 2026, cuando todas sus obligaciones deberán estar en pleno funcionamiento, a partir de la identificación de sistemas de alto riesgo hasta la implementación de mecanismos de supervisión, documentación y alfabetización en IA dentro de las organizaciones.

En paraleloLa Comisión Europea ha lanzado el Ómnibus Digital sobre IA. una reforma que busca aligerar la carga administrativa de la Ley de IA sin modificar el núcleo de prohibiciones ni el calendario de aplicación, en un intento de equilibrar protección y competitividad frente a gigantes tecnológicos y pymes.



Puedes consultar la fuente de este artículo aquí

Compartir esta noticia en: