qué ha pasado y qué dice el juez
La resolución judicial ratifica así lo dictado en instancias anteriores y se centra en las consecuencias de una información difundida por televisión que, según el fallo, no fue suficientemente contrastada y fue difundida repetidamente. El caso se remonta a una serie de comentarios y contenidos emitidos cuando Julia Janeirohija de Jesulin de Ubrique y María José CampanarioComenzó su etapa de adulta bajo una intensa exposición mediática.
propio Julia Janeiro ha comunicado la decisión a través de sus redes sociales, donde ha celebrado el resultado del proceso judicial. “Una vez más los tribunales me dan la razón. El Supremo condena a Kiko Hernández a indemnizarme con 30.000 euros (…) No todo vale«, escribió la influencer, quien en los próximos meses planea dar el salto televisivo como concursante de un programa de televisión.
La sentencia se suma a resoluciones anteriores, desde el pasado mes de enero la Audiencia Provincial de Cádiz había confirmado la condena de ambos Mediaset España así como el colaborador televisivo. En dicha sentencia se establece una indemnización total de 220.000€ a favor de la joven, que incluía la responsabilidad de la cadena, que no recurrió, y de Hernández como uno de los principales responsables del contenido analizado.
Según la resolución, ni la condición de hija de personajes públicos ni su actividad como influencer justifican que se siga difundiendo aspectos de su vida privada. El tribunal considera probado que durante 18 emisiones Se emitieron comentarios, especulaciones e informaciones sobre su vida personal, escolar y social, lo que habría provocado una fuerte presión mediática que afectó su entorno y su vida diaria.
Los contenidos analizados incluyeron, según el fallo, referencias a supuestos conflictos personales, insinuaciones sobre conductas ilícitas y comentarios no verificados sobre consumo de sustancias, todo lo cual fue difundido reiteradamente en programas como sálvame y Mundano.
La resolución también señala que este tipo de exposición mediática obligó a la joven a modificar aspectos de su vida habitual debido a la presión generada. El Tribunal Supremo concluye así que se vulneraron sus derechos fundamentales, confirmando la obligación de indemnizar y retirar los contenidos cuestionados de las plataformas donde fueron difundidos.
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