El Gobierno de EE.UU. insta al Supremo del país a rechazar el recurso de España contra los laudos renovables
Reaparece el fantasma de las concesiones a las primas de energías renovables de la pasada década. Después de unas semanas en las que ha habido muchas novedades en las reclamaciones de los fondos relativas a la suspensión de las ayudas y sus reclamaciones, ahora … Ha sido la Administración Trump la que ha estado directamente involucrada.
En concreto, el Gobierno de Estados Unidos ha recomendado formalmente al Tribunal Supremo del país que rechace la petición presentada por España para revisar las sentencias que permiten la ejecución en suelo norteamericano de laudos arbitrales dictados a favor de inversores perjudicados por la retirada retroactiva de las primas de las energías renovables, según ha podido saber este diario de fuentes cercanas a los fondos.
Este es otro golpe que podría tener grandes repercusiones para los intereses de nuestro país. El movimiento ha comenzado con un escrito de 28 páginas presentado por el ‘Procurador General’, la máxima autoridad legal que representa al gobierno federal ante la Corte Suprema.
El caso en cuestión al que incide la decisión es el que enfrenta al Gobierno de España con la firma Blasket Renewable Investments, que ha canalizado una parte importante de las denuncias presentadas por el grupo de empresas acreedoras, al que España debe más de 2.300 millones de euros.
En su recomendación, la Administración estadounidense concluye que «la petición de ‘certiorari’ debe ser denegada» y considera que el recurso impulsado por la Fiscalía del Estado «no reúne las condiciones necesarias para que el Tribunal Supremo asuma la revisión de las sentencias que condenan a España a pagar los laudos», explican a ABC las fuentes consultadas.
Este procedimiento se encuentra ahora en la última fase posible dentro de la jurisdicción estadounidense. Después de sufrir siete derrotas en los tribunales federales, España pidió al Tribunal Supremo que le concediera una exención apelando ante el «inmunidad soberana» como medida para evitar el pago de laudos y/o el embargo de bienes o activos. Y ese sería el gran problema.
Ahora, con esta recomendación del Gobierno sobre la mesa, la decisión final corresponderá al Tribunal Superior. El ‘Procurador General’ señala también que los argumentos presentados por la Abogacía del Estado son esencialmente procesales, pero no afectan a la cuestión de fondo y a los fundamentos jurídicos que, en definitiva, sustentan plenamente la posición de las empresas acreedoras.
España dio su consentimiento
De hecho, uno de los elementos centrales del escrito se centra en recordar que «España otorgó consentimiento incondicional a los resultados de posibles procedimientos de arbitraje internacional, «al estar sujeto al artículo 26 del Tratado sobre la Carta de la Energía, que da lugar a este tipo de mecanismos de resolución de disputas».
Asimismo, el ‘Procurador General’ también señala que las obligaciones asumidas con la firma de dicho tratado de derecho internacional no pueden dejarse sin efecto invocando normas internas posteriores que España ha defendido apelando a la posición de la Comisión Europea sobre estos laudos.
Al respecto, el Gobierno estadounidense invoca expresamente la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados y subraya que «un Estado no puede utilizar su legislación interna como justificación para incumplir compromisos internacionales que ha aceptado libremente».
Además, advierte que el argumento utilizado por España respecto de los arbitrajes intraeuropeos «constituye, precisamente, el tipo de razonamiento que la Convención de Viena impide utilizar para eludir obligaciones convencionales previamente adquiridas».
Más de 2.300 millones
Asimismo, la Administración estadounidense también considera poco convincente el segundo gran argumento esgrimido por España, relativo a la doctrina conocida como ‘forum non conveniens’, que pedía trasladar el procedimiento a otros foros judiciales.
La deuda acumulada por España por los litigios por los recortes a las renovables ronda ya los 2.315 millones de euros, de los que más de 550 millones de euros corresponden a intereses de demora, costas legales y otros gastos derivados del incumplimiento continuado de los laudos arbitrales.
Actualmente, quedan pendientes de pago 27 resoluciones favorables a los inversores afectados, entre ellas empresas como E.On, EDF o NextEra.
En Estados Unidos, las siete sentencias finales que ya se han emitido han llevado al reconocimiento judicial de aproximadamente 688 millones de euros en reclamaciones contra el Reino de España, mientras que otros tribunales de referencia del Reino Unido, Australia o Singapur han adoptado decisiones igualmente desfavorables.
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