El personal laboral de la Administración ya puede solicitar la jubilación parcial
El personal laboral de la Administración General del Estado puede solicitar desde este miércoles la jubilación parcial, una fórmula de jubilación que permitirá reducir la jornada laboral del trabajador, quien percibirá la parte proporcional del salario por el tiempo de trabajo realizado más la parte … proporcional a la pensión que corresponde. Este nuevo derecho aparece en la instrucción publicada por la Secretaría de Estado de Función Pública en el BOE el pasado martes.
¿Cómo solicitarlo? La solicitud deberá presentarse electrónicamente a través del Portal de Funciones, siendo imprescindible la identificación mediante certificado electrónico (DNI electrónico o certificación de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre). El trabajador deberá aportar, junto con su solicitud de jubilación parcial, un informe de vida laboral actualizado emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. La solicitud deberá realizarse con una antelación mínima de tres meses.
Los trabajadores que accedan a la jubilación parcial deberán ser trabajadores permanentes sujetos al Quinto Acuerdo Único y tener un empleo a tiempo completo y deberán tener, al momento de acceder a esta jubilación, una edad que sea más bajo en tres añoscomo máximo, hasta la edad legal de jubilación del trabajador en cada momento. Este año se fija en 66 años y diez meses.
El antigüedad que se exige por la Administración es de al menos seis años inmediatamente anteriores a la fecha de jubilación parcial, así como acreditar un período de cotización a la Seguridad Social de 33 años, o de 25 años en el caso de personas con discapacidad igual o superior al 33%.
La norma también especifica el porcentaje de reducción de jornada que los interesados podrán solicitar. Para quienes tengan una jornada semanal de 35 horas, las reducciones podrán ser del 29%, 50%, 63% o 74%, y en el caso de jornada 37,5 horas semanalmente, los porcentajes serán del 29%, 51%, 63% o 75%. Quienes accedan a la jubilación parcial deberán mantener tanto su puesto de trabajo como su categoría profesional hasta que llegue su jubilación obligatoria.
Las jubilaciones parciales anticipadas implicarán la contratación de una persona relevista con contrato indefinido ya a tiempo completo.
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