Condenado a 22 años por agredir sexualmente a dos hijastras menores de edad durante casi una década en Altea (Alicante)
Un hombre de 46 años ha sido condenado por la Audiencia de Alicante a un total de 22 años de prisión por agredir sexualmente de forma continuada a sus dos hijastras, menores de edad, en Altea. El tribunal le condena además pagar 180.000 euros a las víctimas como indemnización por los daños causados.
[–>[–>[–>Esas agresiones sexuales se produjeron desde que las dos víctimas tenían 11 y 9 años y se prolongaron durante cerca de una década, según detalla la sentencia recogida por Efe.
[–> [–>[–>En concreto, los hechos juzgados se iniciaron en 2011, cuando las menores llegaron a España para residir en Altea, junto a su madre y el acusado, con el que ella había contraído matrimonio.
[–>[–>[–>
La resolución judicial señala que la conducta del procesado empezó profiriendo comentarios de contenido sexual a las niñas. Y las agresiones comenzaron el 29 de marzo de 2012, cuando la mayor de las víctimas cumplió 11 años.
[–>[–>[–>El encausado también agredió sexualmente a su hermana, prácticamente desde que se inició la relación de convivencia, cuando ella tenía 9 años.
[–>[–>[–>
No declaró en el juicio
[–>[–>[–>
El acusado se acogió a su derecho a no declarar en el juicio, celebrado el pasado 12 de mayo, y su abogado solicitó su libre absolución puesto que la tesis que había defendido desde el inicio de las diligencias era la de negar las agresiones sexuales.
[–>[–>
[–>No obstante, el tribunal considera que el testimonio ofrecido por las dos víctimas resulta suficiente como para considerar probados los hechos juzgados, toda vez que su credibilidad se vio reforzada en las conclusiones de los informes psicológicos forenses sobre su estado.
[–>[–>[–>
Así, impone once años de cárcel por cada uno de los dos delitos de agresión sexual continuada cometidos sobre las dos menores, lo que suma un total de 22 años. El fallo precisa que el tiempo máximo de cumplimiento de la condena será de 20 años.
[–>[–>[–>La resolución judicial establece también la medida de alejamiento a una distancia mínima de 500 metros respecto a las dos menores durante 16 años, así como la de libertad vigilada durante otros 10 años.
[–>[–>[–>
Además, el tribunal acuerda que el acusado deberá indemnizar a la primera de las víctimas en la cantidad de 80.000 euros y en otros 100.000 euros a la segunda en compensación por los perjuicios y el daño moral causado.
[–>[–>[–>
La sentencia es recurrible en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) en el plazo de diez días desde su notificación.
[–>[–>[–>
Suscríbete para seguir leyendo
Puedes consultar la fuente de este artículo aquí