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sanciones por no hacerla y cartas de alerta

sanciones por no hacerla y cartas de alerta
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  • Publishedjunio 30, 2026




La campaña de declaración del Impuesto sobre la Renta de Personas Naturales correspondiente al año 2025 (IRPF 2025) concluye este martes. Sin embargo, el plazo para que los contribuyentes presenten la declaración de Renta y Patrimonio de 2025 con resultados a depositar mediante domiciliación bancaria ya finalizó el pasado jueves 25 de junio.

En esta campaña Renta 2025, La Agencia Tributaria espera recibir 24.628 millones de euros, un 18,4% más en comparación con el año anterior, mientras El importe a devolver a los contribuyentes será un 3,2% inferior, con 13.271 millones. En total, Se esperan 25.251.000 declaraciones, con un aumento del 2,1% respecto al año anterior, debido al impulso en la creación de empleo registrado en 2025.

Desde el pasado 8 de abril los contribuyentes pueden presentar sus declaraciones en línea. Además, está en marcha el plan de asistencia telefónica para la elaboración y presentación de declaraciones (plan ‘Le Llamamos’), así como el plan especial de asistencia en municipios pequeños. Los contribuyentes también tienen la posibilidad de solicitar cita previa para atención presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria.

Para solicitar una cita telefónica y presencial, el contribuyente dispone de un servicio en la sede electrónica y de la ‘app’ con un display para seleccionar el canal de atención y elegir entre las diferentes fechas disponibles. El servicio también incluye la posibilidad de filtrar oficinas por códigos postales e informa al contribuyente de la primera cita disponible.

Cartas de alerta

En esta campaña, La Agencia Tributaria ha enviado cartas (además de avisos en ‘Renta Web’ y en la ‘app’ en el apartado de estado de tramitación de la declaración) a los contribuyentes que han presentado su declaración modificando la información proporcionada por la Agencia, para que puedan valorar si deben o no presentar una declaración complementaria adaptándose a la información conocida por la Agencia Tributaria.

La previsión estimada inicialmente por la Agencia Tributaria es la de Acabarán enviando un total de casi 130.000 cartas a lo largo de la campaña.

El objetivo es seguir avanzando en el cumplimiento voluntario a través de avisos preventivos para evitar errores y omisiones que puedan conducir posteriormente a una eventual regularización de la Agencia. Si el contribuyente entiende que su declaración fue correcta no tiene que modificarla, pero si considera que cometió algún tipo de error u omisión se le da la opción de corregirlo mediante la declaración correctiva correspondiente.

Él El año pasado se presentaron más de 45.000 declaraciones rectificativas luego de recibir el aviso preventivo, evitando así verificaciones, generación de intereses y posibles sanciones.

Esta fórmula preventiva se suma a los avisos y ‘advertencias’ para evitar errores que la Agencia ofrece a los contribuyentes en el documento de datos fiscales y en Renta Web antes de presentar la declaración, mensajes que, además, en esta campaña se han ampliado a nuevos casos.

Sanciones por no presentar a tiempo el impuesto sobre la renta

Cuando vence la declaración del Impuesto sobre la Renta y el contribuyente la presenta fuera de plazo sin que la Agencia Tributaria haya enviado previamente una solicitudNo se impone una sanción, sino un recargo que aumenta en función del tiempo transcurrido. Así, desde el 1 de julio, un Recargo del 1%, al que se le suma otro 1% por cada mes completo de retraso. Si la declaración se presenta transcurrido un año desde la finalización del plazo, el recargo asciende al 15%, al que habrá que sumar los intereses de demora correspondientes.

El La situación es diferente cuando es la Agencia Tributaria la que detecta incumplimientos. y exige al contribuyente regularizar su situación. Entonces, Las sanciones pueden oscilar entre el 50% y el 150% del importe adeudado, dependiendo de la gravedad de la infracción y de las circunstancias concurrentes. Sin embargo, la normativa contempla reducciones: aceptar la sanción permite obtener un 30% de descuento por cumplimiento y, si además se paga dentro del plazo voluntario indicado en la notificación, se podrá aplicar un descuento adicional del 25% por pronto pago. Asimismo, Hacienda tiene generalmente un plazo de cuatro años para reclamar las cantidades pendientes.



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