¿En qué consisten los complementos salariales que cuestionó Feijóo por el absentismo?
el líder de PÁGINAS, Alberto Núñez Feijóoesta semana se reabrió el debate sobre La lacra del absentismo laboral en España. Las empresas de nuestro país vienen reportando desde hace varios años este problema, que afecta gravemente sus cuentas porque Tienen que seguir pagando los sueldos y cotizaciones de sus trabajadores enfermos.
A esto se suma que en muchos casos también tienen que contratar empleados para sustituir a los que están de licencia y el grave deterioro que sufre la operativa y planificación diaria de los negocios.
La situación es tan grave que el equivalente a los trabajadores que no fueron a trabajar ningún día en el año fiscal 2025 ascendió a 1.789.369 personassegún datos recientes de la asociación mutua amat.
Más de 30.000 millones de coste
Las consecuencias de estas ausencias alcanzaron 16.116 millones de coste directo para las empresas en 2025, según publica Amat. Otras víctimas importantes son los contribuyentes porque también representa un coste exorbitante para el maltratado presupuesto de la Seguridad Social.
En concreto, y según el mismo informe, el año pasado la Seguridad Social gastó 17.164 millones en prestaciones para Incapacidad Temporal por Contingencia Común (ITCC) -que son los que se producen por enfermedades o accidentes no relacionados con el trabajo y los que están siendo objeto de controversia-. En total, 2025 acabó con un agujero de 33.280 millones de euros por este motivo.
En lo que va de 2026, las perspectivas no son nada halagüeñas en esta materia. Según los últimos datos de la Seguridad Social hasta mayo, El gasto de este organismo para cubrir las bajas por enfermedad alcanzó los 7.848 millones de eurosUn 9,6% más que los 7.162 millones que se pagaron en el mismo periodo del año anterior. Estas cifras ya se acercan casi a las 11.764 millones que se presupuestaron para todo el año 2023con los últimos Presupuestos del Gobierno.
Ante la inacción del Gobierno, la desesperación de los empresarios es tal que llevan tiempo reclamando numerosas medidas para frenar el absentismo. Uno de ellos es el de Reforma de complementos salariales. Precisamente, y aunque Feijóo no la desarrolló, esta fue una de las ideas más comentadas entre las que planteó en su discurso.
«Si en los convenios de empresa se pacta que una persona que no va a trabajar gane lo mismo que cuando va a trabajar¿…qué quieres que te diga?», preguntó el líder del PP.
¿Cuántas empresas tienen estos complementos?
Cabe recordar que, cuando un trabajador queda temporalmente incapacitado, no percibe salario durante los tres primeros días de baja, mientras que entre los días 4 y 20 percibe el 60% de la base reguladora. A partir del día 21, cobra el 75%.
Así, como la ley no garantiza el 100% del salario, es Aquí es donde entran en juego las llamadas. complementos de incapacidad temporal. Son cantidades que la empresa asume para complementar el salario de su empleado y que están incluidas en el convenio colectivo (sector o empresa) o en un convenio interno. Algunas de ellas completan el 100% del salario del trabajador desde el primer día.
radiografía de accesorios
Según un reciente informe de la Airef que estudia los complementos salariales e incentivos relacionados con las bajas laborales entre 2011 y 2024, «Aproximadamente el 50% de los convenios colectivos sectoriales y el 65% de los convenios de empresa que se firman cada año incorporan complementos» a la remuneración por baja por enfermedad.
Los siguientes gráficos muestran las mejoras que suman las empresas en los tres primeros días de caída, en los tramos de 4 a 20 días y en los de más de 21 días. En acuerdos sectoriales hay una disminución desde el pico de 2022. En las de empresa sólo aumentan los complementos retributivos en los 3 primeros días.
Más datos. Según este informe, en los acuerdos que incluyen mejoras, el El importe final medio de la prestación se sitúa en torno al 80% de la base reguladora. entre los días 1 y 3, 91% entre los días 4 al 20 y 97% a partir del día 21.
Otro dato que muestra el peso que tienen los incentivos en las bajas laborales es la existencia de actuaciones encaminadas a reducir el absentismo, como Recompensas financieras por bajo ausentismo.que es una recompensa por bajos niveles de mala conducta y lo otorga el 9% de las empresas.
También existen complementos salariales condicionados a los «niveles de absentismo». En algunos convenios colectivos el complemento está condicionado al nivel de asistencia del trabajador o de todos los empleados de la empresa. Por ejemplo, se han identificado convenios colectivos en los que se prevé que sólo reciban el complemento retributivo de la prestación «aquellos trabajadores que hayan estado ausentes del trabajo menos de tres días al año», señala el documento.
También hay un complemento retributivo condicionado a la «entrega de informes médicos, asistencia a controles o comprobaciones, cumplimiento de trámites o cualquier otro requisito que no implique asistencia al trabajo”, explican. Eso sí, “varias sentencias judiciales recientes prohíben incentivos económicos ligados a niveles de absentismo que computan las ausencias por episodios informáticos o permisos de conciliación”, señala la Airef.
En este sentido, el abogado y catedrático de Derecho del Trabajo de la UOC, Víctor Canaldaapunta a Mercado libre que «el Tribunal Supremo ha elevado así a una especie de «inmunidad retributiva» la protección de los trabajadores contra los recortes salariales vinculados a la enfermedad o al cuidado de personas relacionadas, de modo que «Cualquier fórmula de bonificación por asistencia o productividad que aborde estas ausencias corre un alto riesgo de ser anulada o reinterpretada».
«El debate político sobre si se debe recortar el salario en las bajas médicas coexiste, por tanto, con una realidad jurídica en la que el espacio de maniobra se ha desplazado, más que al Gobierno central, a las mesas de negociación, y en la que Los jueces están marcando con toda claridad que ningún incentivo antiabsentismo puede construirse sobre la idea de penalizar a quienes están enfermos o ejercen el derecho de conciliación «añade el abogado.
Canalda recuerda que los complementos salariales son «cláusulas incluidas en convenios sectoriales y de empresa, con fuerza vinculante mientras dure el convenio, y que sólo pueden eliminarse o modificarse de dos maneras: bien mediante una reforma legal que modifique el régimen de Seguridad Social y de igualdad de trato, bien mediante negociación entre empresarios y sindicatos». En materia de Seguridad Social, el experto señala que Lo que el Gobierno podría cambiar sería la cobertura estatal de las prestaciones que reciben los trabajadores por estar de baja, pero no la parte que la empresa se ha comprometido a pagar.
Puedes consultar la fuente de este artículo aquí