La DGT autoriza el carnet de conducir a los 17 años: requisitos para conducir acompañado
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha creado un grupo de trabajo para permitir a los jóvenes 17 años tomar el Licencia de conducir clase B. La condición innegociable es que, hasta cumplir la mayoría de edad, deberán viajar siempre acompañados de un adulto.
La disposición no es una invención española: deriva directamente de artículo 17 de la Directiva Europea 2025/2205que obliga a todos los Estados miembros a regular la conducción acompañada por menores de 18 años. La DGT ya ha confirmado que ha iniciado los trabajos de transposición y el horizonte que maneja es 26 de noviembre de 2028Plazo fijado por Bruselas para que la norma se haga realidad en España.
Qué cambia y cuándo entrará en vigor
Hasta ahora, el Reglamento General de Conductores (RGC) permitía obtener el permiso B sólo al cumplir 18 años. Con el futuro cambio, se abrirá una ventana de un año -de 17.00 a 18.00 horas- en el que podrá circular un coche de hasta 3.500 kilos, pero exclusivamente con permiso B régimen de conducción acompañada.
La directiva europea aclara que cada país puede decidir si extiende esta posibilidad a vehículos pesados (permiso C). España ya ha anunciado que, de momento, no los incluirá. Entonces la novedad se limita a Tarjeta B (el de toda la vida).
Requisitos para el nuevo conductor
Para obtener la licencia, un joven de 17 años deberá superar las mismas pruebas teóricas y prácticas que cualquier aspirante. La gran diferencia aparecerá en el reverso del permiso: tendrá la código 98.02que indica a cualquier agente de la guardia civil de caminos que dicho conductor se encuentra bajo el amparo de la conducción acompañada de la Unión Europea.
Ese código será tu ‘signo’ hasta el día que cumplas 18 años. A partir de ese cumpleaños, la restricción desaparece automáticamente y la tarjeta pasa a ser un permiso B convencional, sin necesidad de realizar ningún trámite adicional.
Condiciones de los pasajeros: quién puede ser copiloto
No vale la pena sólo para todos los que están a tu lado. La normativa establece un retrato robótico muy concreto del pasajero:
- Edad mínima: 24 años.
- Experiencia– Debes tener al menos permiso B cinco años antes actuar como tutor.
- Fondo limpio: No puede haber sido privado del derecho a conducir en los últimos cinco años.
- sobriedad completa: Está prohibido el acompañamiento bajo los efectos del alcohol o drogas.
Además, la directiva permite a cada estado miembro añadir sus propios requisitos. Es decir, cuando la ley llegue al BOE, es posible que España requiera algún otro filtro, por ejemplo un informe o una declaración responsable. La DGT aún no ha cerrado ese capítulo.
El código 98.02 y las diferencias con otros países europeos
A él código 98.02 Es el estándar comunitario para la conducción acompañada. Países como Alemania o Francia tienen fórmulas similares desde hace años. De hecho, en el debate que precedió a la directiva, varios Estados miembros habían pedido ampliar la medida también a los camiones. España y otros países se opusieron y al final Bruselas dejó a cada país libre para decidir si aplica o no esta ampliación. Por ahora en España será sólo para coches y vehículos ligeros.
Obtener el permiso de conducir a los 17 años no es un cheque en blanco: la conducción acompañada será obligatoria hasta los 18 años y el tutor deberá cumplir unos requisitos muy estrictos.
Mientras la DGT ultima la transposición, lo más sensato es no tirar campanas al aire. La fecha de entrada en vigor (2028) podría cambiar en caso de prórrogas o ralentizaciones del proceso legislativo. Lo cierto es que, cuando llegue, supondrá un importante cambio cultural: por primera vez en España se podrá conducir un coche sin haber cumplido la mayoría de edad.
Claves de las reglas
- ¿Quién está interesado? Jóvenes que cumplan 17 años y quieran obtener el permiso de conducción B, con la obligación de ir acompañados hasta los 18 años.
- Cifras a tener en cuenta: el plazo de transposición es el 26 de noviembre de 2028; en el reverso de la tarjeta aparecerá el código 98.02; el acompañante debe tener al menos 24 años y cinco años de experiencia con el permiso B.
- Consejo para evitarlo: No hay infracción todavía, pero la recomendación es estar atento al BOE de 2027 para conocer los detalles exactos que marca la DGT y, si eres tutor, asegurarte de cumplir todos los requisitos desde el primer día.
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