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No existe ningún artículo en la ley que te diga qué plazo tienes para poner los bienes a tu nombre

No existe ningún artículo en la ley que te diga qué plazo tienes para poner los bienes a tu nombre
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  • Publishedjulio 27, 2026




Gestionar correctamente una herencia es una de las cosas más difíciles de hacer. Más allá de la correcta redacción del testamento, que puede dar lugar a conflictos familiares, también es necesario tener en cuenta los plazos en el que se tiene que llevar a cabo. A diferencia de las renuncias sucesorias, que sí tienen un plazo establecido, no existe una ley que decrete un tiempo específico para poner los bienes a nombre de un sucesor.

David JiménezAbogado especializado en economía y herencias, explica una de las preguntas que más hacen sus clientes a la hora de recibir una herencia. ¿Cuánto tiempo puede estar una propiedad a nombre de una persona fallecida? Ante esta duda, el abogado asegura que «no son seis meses como la gente suele creer«, pero esto se refiere únicamente al período de tiempo en el que se deben pagar los impuestos.

Las plusvalías municipales y el impuesto de sucesiones deberán pagarse en el plazo de seis meses

Hay dos pagos relacionados con la herencia de un inmueble, como bien explica el abogado. En primer lugar, el plusvalía municipal. Este impuesto grava el incremento del valor del suelo urbano al vender, donar o heredar un inmueble. Generalmente se paga después de haber firmado ante notario y se recomienda haber planificado este proceso previamente en el testamento. evitar que los sucesores asuman enormes gastos.

Y en segundo lugar, el impuesto sobre sucesiones y donacionesque grava los bienes que se reciben gratuitamente por herencia o por donación durante la vida. Para calcular el importe de este impuesto es necesario tener en cuenta la comunidad autónoma en la que se encuentra el inmueble y su valor en la fecha de fallecimiento de su titular. Tanto este impuesto como el anterior deberán liquidarse en el plazo de seis meses.

Es por esto que muchos tienden a confundir el plazo para pagar los impuestos relativos a una vivienda heredada con el plazo para ponerla a nombre de uno de los sucesores, para lo cual no hay plazo. «No hay ningún artículo en la ley que te diga qué plazo tienes para poner los bienes a tu nombre«, explicó el abogado.

El abogado recuerda que alargar este proceso puede generar problemas legales

Sin embargo, como todo en esta vida, recuerda que no hay un plazo concreto para hacerlo”Esto no quiere decir que sea aconsejable que esto suceda en el futuro.«, asegura. Pues esto puede causar complicaciones si se produce un fallecimiento entre los sucesores antes de que él o ella haya sido registrado como propietario del inmueble. Por lo tanto, Es recomendable hacerlo lo antes posible..

Este proceso ilegal es especialmente aconsejable si se quiere vivir en el inmueble o venderlo, ya que, si no está a nombre del sucesor, este No podrás ponerlo en venta ni hipotecarlo.. Aunque, para ello, es necesario contar con los documentos necesarios. Estos son: el certificado de defunción del dueño anterior, el certificado de última voluntads, el testamento, la escritura de aceptación de la herencia, justificante de haber presentado la comunicación o haber pagado la plusvalía municipal y copia del DNI del causante y del heredero.

Además, aunque no hay plazo para presentar estos documentos, una vez entregados en el Registro de la Propiedad, el registrador comunicará en un plazo de 15 días si se acepta esta inscripción o si se necesitan más documentos para poder completarlo por completo. Una vez aceptada, la vivienda pasará a ser propiedad del heredero, con derecho a venderla o utilizarla. Un proceso complejo para el cual será Es necesario contar con el asesoramiento de un abogado. especializado en herencias.



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