así se «flexibiliza» la normativa
Desde el 1 de noviembre de 2024 se ha registrado un importante cambio a la hora de que un trabajador pueda obtener una incapacidad permanente en el ámbito laboral.
La novedad implica que ahora no sea necesario agotar el periodo máximo de año y medio con una incapacidad temporal reconocida para pasar a esa siguiente fase, la de la incapacidad permanente.
Este cambio se ha reconocido a través de la llamada Ley ELA, que modifica los apartados 1 y 2 del artículo 193 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS)
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Así, la Ley ELA, que hace referencia a la enfermedad degenerativa de la Esclerosis Lateral Amiotrófica, suprime el paso previo de tener que pasar por una incapacidad temporal cuando a la persona trabajadora afectada le sea diagnosticada una enfermedad o dolencia grave o incurable de la que no va a mejorar.
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