Cuenta atrás para recuperar las deducciones olvidadas en las últimas declaraciones de la Renta
Los ciudadanos que hayan olvidado incluir una deducción en las últimas declaraciones de la Renta aún tienen la oportunidad de hacerlo para mejorar los resultados de las liquidaciones tributarias sin que Hacienda les aplique ningún tipo de penalización. Esta es una de las partes … más desconocido del laberinto fiscal en torno al IRPF, que se reanudará en unos días con el pistoletazo de salida de la campaña 2025, a partir del 8 de abril.
Independientemente de esta nueva cita con la Agencia Tributaria, los contribuyentes aún pueden modificar varias de las declaraciones presentadas en los últimos años para incluir deducciones en muchos casos desconocidas para la mayoría de los ciudadanos. Y la atención se centra en algunos de los 402 deducciones autónomo que las regiones aplican para todo tipo de conceptos: desde gastos escolares hasta cuotas de gimnasio, en un laberinto que cada año se complica más en el que los hogares se pierden a la hora de presentar su IRPF.
¿Qué puedo incluir en este punto?
La legislación fiscal permite introducir cualquier deducción -ya sea estatal o autonómica- o beneficio fiscal ignorado en el momento de presentar la declaración en la campaña correspondiente de cada año. Las deducciones autonómicas tienen el handicap de que la Agencia Tributaria no las incluye en el borrador que envía a cada contribuyente. Tampoco se les informa sobre la posibilidad de aplicarlos para que el resultado a devolver sea mayor, en su caso, o tener que pagar menos dinero a Hacienda, en sentido contrario.
La norma permite realizar cualquier cambio en la desgravación fiscal, en los ingresos o en la situación personal para ajustar la declaración a sus intereses.
Uno de los puntos más desconocidos son las deducciones fiscales por alquilar de vivienda que aplican la mayoría de comunidades autónomas. Esta medida es independiente de la deducción fiscal del Estado, que estuvo vigente hasta 2015, pero aún puede ser aplicada por quienes tenían derecho a hacerlo antes de esa fecha, con las correspondientes limitaciones de ingresos. El agujero negro se encuentra, sobre todo, en las deducciones por alquiler vigentes en las regiones: cada una con sus características y exigencias, pero son generalizadas. Al no estar incluidos en el borrador, y como consecuencia de que cambian en función de cada decisión regional año tras año, son los que en gran medida se olvidan. Pero suponen un beneficio de hasta 1.247 euros, como ocurre en Madrid, la región que mejor trato fiscal otorga a los inquilinos en el IRPF.
En cualquier caso, no se trata sólo de esta deducción, la mayor, sino también de cualquier otra deducción olvidada en su momento, como la ligada a la adquisición de vivienda habitual, que estuvo vigente hasta 2013, pero que todavía se puede aplicar a quienes tenían la casa comprada antes de esa fecha con hipoteca. El límite es de 9.015 euros anuales para una deducción que representa el 15% de las cantidades aportadas a esa financiación.
¿Desde cuándo puedo hacerlo?
La normativa fiscal establece que se podrán realizar cambios en las declaraciones del Impuesto sobre la Renta presentadas al Tesoro dentro de los cuatro años siguientes a su presentación. Rubén Gimeno, director del Servicio de Estudios REAF-REGAF del Consejo General de Economistas (CGE), recuerda que «hay muchas de las que no sabemos si tenemos derecho a postular o no, las olvidamos, pero podemos hacerlo más tarde» en estos cuatro años.
Se podrá presentar declaración rectificativa si no han transcurrido cuatro años desde la finalización del período de campaña del Impuesto sobre la Renta correspondiente.
Gimeno matiza que este plazo empieza a computarse «exactamente al día siguiente de finalizar la campaña de cada año». Por tanto, a estas alturas de 2026 «podemos recuperar los de 2021, que son los presentados en la campaña de 2022». El plazo comenzó el 30 de junio de ese año y termina el El próximo 30 de junio de 2026, hasta el momento se podrán incluir las deducciones olvidadas hasta la Renta presentada en 2022 e incluso posteriormente, si se desea. Siempre y cuando no cumplan con esos cuatro ejercicios fiscales posteriores al final de la campaña de cada año.
¿Cómo incluyo estos cambios ahora en el IRPF?
Para incluir estas deducciones olvidadas o desconocidas, los contribuyentes deben presentar una rectificación de la declaración del impuesto sobre la renta. La propia página web de la Agencia Tributaria, o en su caso acudiendo personalmente a las oficinas, permite modificar o completar una declaración del IRPF presentada previamente, independientemente del resultado. Para hacerlo ‘online’ es necesario identificarse y acceder a los servicios ‘Modificación de declaración ya presentada’ para modificar los datos deseados y confirmar la nueva liquidación.
La jungla de alivios autonómicos suma ya 402 beneficios fiscales que, en su mayor parte, son desconocidos para los contribuyentes al no estar incluidos en el borrador
Entre los cambios también está la opción de modificar el tipo de declaración presentada, de modo que individual a conjunta, o al revés. Lo que hace el sistema es aplicar una corrección con los nuevos datos aportados, que se realizará presentando una autoliquidación correctiva.
Rubén Gimeno recuerda que «esta operación no implica sanción porque al ser la deducción es buena para el contribuyente, no hay perjuicio económico para la Agencia Tributaria y no hay sanción porque es un contribuyente el que se beneficia».
¿Por qué se desconocen tantos beneficios fiscales?
Las comunidades autónomas tienen la posibilidad de aplicar sus propias deducciones fiscales en el IRPF más allá de las establecidas por la Administración Central. El problema es que representan un «jungla de reglas «lo que complica considerablemente el conocimiento de la fiscalidad existente, sobre todo si, como viene sucediendo en los últimos años, las autonomías, cuando deciden no aplicar un impuesto, optan por suspenderlo o dejarlo sin efecto, en lugar de derogarlo, lo que sería más razonable», explica el REAF.
Además, tienen el inconveniente de que se trata de desgravaciones más nominativas que efectivas: muy pocos contribuyentes tienen acceso a estos beneficios fiscales porque las regiones limitar los requisitos tanto como sea posible de obtención tanto por ingresos anuales como por otras características que hacen cada año más complicado su cumplimiento.
Dado que la Agencia Tributaria no los incluye en el borrador, apenas dejan rastro en el IRPF. Y sólo aquellos contribuyentes que conocen la legislación autonómica actualizada, o que recurren a asesores fiscales para preparar su declaración, son quienes realmente las aplican y se benefician de ellas.
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