Deniegan la cautelar al Barcelona para prorrogar la inscripción de Dani Olmo
El Juzgado de lo Mercantil número 10 de Barcelona desestimado FC Barcelona La medida cautelar con la que el conjunto azulgrana pretendía ampliar la inscripción del mediapunta Daniel Olmo en LaLiga EA Sports hasta final de temporada, según confirman a EFE fuentes del club catalán.
La entidad catalana presentará un nuevo juicio el lunes 30 de diciembre ante un juzgado de primera instancia para intentar obtener una medida cautelar para que el internacional español pueda seguir jugando en la segunda mitad de la temporada.
El club culé ya cuenta con Plazo de cuatro días para presentar avales económicos a La Liga para poder inscribir tanto a Dani Olmo como a Paua Víctor. La entidad que preside Joan Laport entendió que su nuevo acuerdo con Nike era suficiente para cumplir con los estándares de elaboración presupuestaria de LALIGA, pero la propia Liga no lo ve igual.
El Barcelona debe encontrar una fórmula para poder inscribir a Dani Olmo antes del 31 de diciembre, de lo contrario su estrella no podría jugar lo que resta de temporada. Además, el contrato de Olmo contiene una cláusula de rescisión que podría ejecutarse a partir del 1 de enero de 2025, lo que le dejaría libre para unirse a otro equipo.
Comunicado de LaLiga sobre la denegación de la medida cautelar para inscribir a Dani Olmo
Liga reaccionó a la denegación de la orden de protección del juzgado de Barcelona para inscribir a Dani Omo y señaló que «ante la solicitud de medidas de protección de esta naturaleza, no cabe ninguna excepción a la aplicación de un precepto de la NEP que hasta la fecha se ha aplicado del mismo modo a todos los Clubes, alterando potencialmente gravemente la igualdad de las condiciones del reglamento de competición.
La entidad que preside Javier Tebas enfatiza que La orden precisa que «la autorización de gastos excesivos tiene por objeto garantizar que una ausencia de larga duración no afecte negativamente a la competición del equipo, y no que la ausencia de larga duración permita la inscripción de jugadores que, con su salario, superen el límite». . Esto es lo que quiere el FC Barcelona”.
Comunicado completo de La Liga
LALIGA ha conocido hoy la sentencia del Juzgado de lo Mercantil número 10 de Barcelona que desestima la inscripción provisional de Dani Olmo hasta el 30 de junio de 2025, porque no se cumple ninguno de los presupuestos necesarios para la adopción de la medida cautelar. Ante esta resolución, LALIGA quisiera aclarar que:
– El auto defiende el pleno cumplimiento jurídico de la denegación de inscripción de un jugador basándose en la aplicación del artículo 77 de las Normas de Elaboración de Presupuestos (NEP) de LALIGA, por el cual, en caso de lesión de larga duración de un jugador, los Clubes pueden sustituirlo por otro jugador: “LALIGA ha hecho una interpretación razonada del artículo 77 de la NEP y, lo que es más importante, es la misma interpretación que ella ha hecho hecho con todos los demás equipos en la misma competición. Incluso la misma interpretación que se aplicó en el mes de julio de 2024 al FC Barcelona en el caso de Araújo e Iñigo Martínez. Y añade: “Así, LALIGA ha establecido normas de equilibrio presupuestario en desarrollo de la competencia que le confiere la ley”. Asimismo, el auto destaca que: “La finalidad de autorizar gastos excesivos es que la ausencia de larga duración no perjudique la competición del equipo, y no que la ausencia de larga duración permita la inscripción de jugadores que, con su salario, superen el límite, que es la intención del FC Barcelona.
– LALIGA, y como también reconoce el propio auto, destaca que dicha decisión de no inscribir a Dani Olmo ya había sido adoptada por el órgano de validación presupuestaria de LALIGA, y posteriormente fue confirmada hasta en tres ocasiones: tanto por la comisión de control como por la comisión de recursos económicos y sociales. de LALIGA, así como por el Comité de Licencias UEFA de Segunda Instancia de la RFEF.
Es por todo ello que LALIGA se alegra de que, ante la solicitud de medidas cautelares de esta naturaleza, no se haga excepción a la aplicación de un precepto de la NEP que se viene aplicando hasta ahora por igual a todos los Clubes. alterando así potencialmente gravemente la igualdad de condiciones de las normas de competencia.
Principio que siempre ha regido la actuación de LALIGA, cuando la propia Ley del Deporte subrayaba que el Control Económico ha sido «realmente útil para garantizar la viabilidad e integridad de las competiciones», y cuando, en el pasado, los tribunales han aprobado explícitamente estos mecanismos. Claros ejemplos de ello son el hecho de que la Sala Tercera del Tribunal Supremo aprobara la NEP o la denegación de inscripción de jugadores (como el caso de Pedro León, en el que la Audiencia Provincial de Madrid revocó la medida cautelar inicialmente concedida por el empresario tribunales). ), en lo que respecta a la concesión del visado previo al jugador, considerando que “las normas de equilibrio presupuestario que limitan el coste de la plantilla registrable responden a un objetivo legítimo como es la lucha contra los excesos”. deuda de los clubes y del SAD” y “tienden a promover la sostenibilidad del fútbol profesional”).
Síguenos en nuestro canal de WhatsApp y no te pierdas las últimas noticias y actualidad de antena3noticias.com
Puedes consultar la fuente de este artículo aquí