El Tribunal Supremo amnistía a ocho condenados por desórdenes públicos
La Corte Suprema acordó aplicar la ley de amnistía a ocho personas condenado por los altercados registrados en Cataluña tras la condena del juicio, que en 2019 Condenó a los principales líderes independentistas por sediciónentre ellos el exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras.
La Sala había dejado en suspenso esta decisión a la espera de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronunciara sobre la norma, a pesar de que el Tribunal Constitucional ya había aprobado su constitucionalidad hace un año. Tras el apoyo de la justicia europea, que considera que la ley persigue un objetivo de reconciliación política y socialel Tribunal Supremo declaró extinguidas las penas dictadas contra estos ocho condenados.
Los beneficiarios fueron condenados por hechos ocurridos durante las manifestaciones desatadas tras la sentencia del Tribunal Supremo de octubre de 2019 contra los líderes del proceso. Al considerar que estas movilizaciones tuvieron una relación directa con el proceso independentista, el Tribunal entiende que entran dentro del ámbito de aplicación de la ley.
En su resolución, el Tribunal Supremo recuerda que «se cumple, por tanto, el ámbito objetivo de aplicación de la ley orgánica» y recuerda que el delito de alteración del orden público no es una de las excepciones previsto por la norma.
Uno de los episodios por los que fueron condenados ocurrió en Girona. El 19 de octubre de 2019, algunos 300 personas Se reunieron cerca del juzgado municipal. Según la sentencia, el grupo aprovechó el movimiento de unidades antidisturbios hacia otros puntos para dirigirse al frente del edificio judicial y tirar piedras y fragmentos de aceraque previamente habían arrancado para utilizarlos como proyectiles.
El Tribunal Constitucional archiva los recursos contra la ley
Por su parte, la Corte Constitucional concluyó este jueves el estudio de la último recurso de inconstitucionalidad durante contra la ley de amnistía, presentada por el gobierno de Extremadura. Con esta resolución, el pleno concluye el análisis de todos los recursos impulsados por diversas comunidades autónomas, gobernadas en su mayor parte por el Partido Popular.
Por otro lado, la Generalitat pidió al Tribunal de Cuentas que aplique la ley de amnistía a los líderes independentistas que todavía tienen procedimientos abiertos ante este órgano y que permita Las medidas cautelares actuales no tienen efecto..
El pasado lunes, el Tribunal de Cuentas informó a las partes para que decidieran sobre la posibilidad de gastos de amnistía relacionados con el proceso a la luz de la sentencia del TJUE. La fiscalía consideró innecesario este procedimiento y defendió la aplicación inmediata de la ley, al considerar que la decisión europea eliminar todos los obstáculos para hacerlo.
En un comunicado, el Gobierno de Salvador Illa ha explicado que la Generalitat se presenta en este procedimiento sólo en su condición de entidad del sector público presuntamente agraviada y formular las alegaciones que en tal carácter le correspondan. Además, recordó que la ley establece un trato preferencial para estos procedimientos y fija un plazo máximo de dos meses para resolverlos.
Asimismo, el diputado de ERC y ex alto cargo del Gobierno Josep Maria Jové pidió al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que retire las cuestiones prejudiciales planteadas ante la justicia europea y archivar el caso abierto en su contra para la organización del referéndum del 1 de octubre de 2017. Tras la recepción del escrito, la sala civil y penal del TSJC concedió cinco días a los acusadores y defensores para presentar sus alegaciones. Jové está siendo procesado por presuntos delitos de malversación, prevaricación y desobediencia.
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