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El Tribunal Supremo declara nulo el despido de un trabajador por reclamar el pago de sus horas extraordinarias

El Tribunal Supremo declara nulo el despido de un trabajador por reclamar el pago de sus horas extraordinarias
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  • Publishedenero 25, 2025



Él Corte Suprema ha declarado nulo el despido de un trabajador que reclamaba el pago de sus horas extraordinarias y condena a la empresa a su «inmediata reintegración y al pago de los salarios no percibidos hasta que ello se produzca».

Además, el empleado también deberá recibir una indemnización de 6.000 eurostal y como figura en la sentencia 1359/2024 de Madrid de 20 de diciembre.

Esta sentencia explica que el empleado despedido trabajaba como conductor desde 2021 «en virtud de subrogación legal». Relata que se produjo una avería en la ambulancia que conducía y el vehículo fue enviado al taller y recogieron uno de recambio.

En ese momento le asignaron dos servicios «ya que estaba de paso por Cáceres y regresaba sin servicios». Sin embargo, indica que no va a realizar dicho servicio porque Tu horario ha terminado y no trabajarás más horas.. Al cabo de un rato, la empresa comprueba que no ha realizado el servicio, debiendo movilizar otro vehículo para devolver a un paciente.

Debido a este hecho le enviaron una carta de despido. Si bien el despido se basó en falta de atención a su trabajo, significó que el trabajador trabajó más horas de las permitidas en su puesto de trabajo. Había trabajado 12 horas y le ordenaron que hiciera dos horas más.

El Consejo General de la Abogacía de España recoge declaraciones del abogado que llevó el caso e insiste en que el despido «se debió claramente a una represalias por haber reclamado su legítimo derecho a no exceder en su turno diario máximo.

Asimismo, el trabajador se quejó en varias ocasiones por cuestiones relacionadas con las horas extraordinarias, adecuando la jornada laboral a los «límites normativamente establecidos» e incluso había contactado con la Inspección de Trabajo.

«En esas circunstancias No cabe duda de que el trabajador había aportado pruebas más que suficientes que pudieran demostrar que la conducta «La decisión empresarial del despido pretendía cortar de raíz las legítimas pretensiones del trabajador, deshaciéndose de un supuesto trabajador ‘molesto y exigente'», señala la sentencia.

El juez también se refiere al «derecho a la indeminidad frente a las consecuencias desfavorables que puedan sufrir con motivo de la actuación realizada ante la empresa o ante una acción administrativa o judicial encaminada a reclamar sus derechos laborales» y señala que, en este caso, ha sido violado.

La importancia de la garantía de indemnización en la sentencia

Raquel de la Viña, abogada especialista en Relaciones Laborales, ha escrito un post en su cuenta de LinkedIn donde habla de una sentencia «clara». El abogado insiste en que en este punto es donde «por primera vez, el Tribunal Supremo se refiere a la nueva Ley Orgánica del Derecho a la Defensa, vigente desde el 6 de diciembre».

Señala, sin embargo, que la nueva ley no se aplica con carácter retroactivo pero en este caso «la empresa no ha demostrado que el despido no tuviera relación con la vulneración de este derecho fundamental». También concluye que es un «fuerte recordatorio de la importancia de respetar los derechos laborales de los trabajadores» y de que las empresas deben crear «un entorno justo y seguro» para ellos.




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