ELECCIONES EXTREMADURA | El pactómetro de María Guardiola: ¿cuántos votos necesita para la investidura y quién se los puede dar?
La presidenta de la Junta de Extremadura, María Guardiola, ahora ya en funciones, empieza a hacer números para intentar ser reelegida tras unas elecciones autonómicas en las que no ha logrado evitar la dependencia de Vox. ¿Podrá conseguir la investidura? Antes de comprobar el pactómetro, recordemos las fechas más importantes que hay en el calendario más inmediato.
[–>[–>[–>El nuevo Parlamento extremeño deberá constituirse como fecha límite el 20 de enero, mientras que el primer intento de investidura de la presidencia de la Junta de Extremadura podrá celebrarse hasta el 19 de febrero, en caso de agotarse los plazos marcados en la normativa. De acuerdo con el reglamento de la Asamblea regional, la Cámara electa será convocada por la presidenta en funciones de la Junta dentro de los 15 días naturales siguientes a la celebración de las elecciones, por lo que María Guardiola podrá hacerlo hasta el próximo 5 de enero.
[–> [–>[–>En el plazo de 15 días desde la constitución del Parlamento, la presidencia que salga de esa sesión -previa consulta a los grupos parlamentarios- propondrá un candidato a la presidencia de la Junta, por lo que tendrá hasta el 4 de febrero como fecha tope. El candidato deberá ser respaldado, al menos, por la cuarta parte de los miembros de la Cámara autonómica y presentará su programa a la Asamblea dentro de los 15 días siguientes a su designación, es decir, el 19 de febrero como máximo en caso de agotar los plazos.
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Para ser proclamado presidente, el candidato deberá obtener la mayoría absoluta y, en caso contrario, se someterá la misma propuesta a una nueva votación 48 horas después de la primera, en la que se requerirá solo la mayoría simple. Con el resultado que dejaron las urnas, Guardiola necesita la ayuda de Vox o del PSOE para ser investida. Y le vale tanto el apoyo como la abstención de uno de estos dos partidos. Si logra que ultras o socialistas le voten a favor, sería investida por mayoría absoluta en la primera votación. Si solo consigue la abstención, sería reelegida por mayoría simple en la segunda votación.
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Si no resultara elegido, la presidencia de la Asamblea podrá formular propuestas sucesivas de otros candidatos, debiendo mediar entre las convocatorias al menos 48 horas. Si transcurrido el plazo de dos meses desde la primera votación de investidura ningún candidato hubiera obtenido la confianza, la Asamblea quedará disuelta y la presidencia de la comunidad autónoma en funciones procederá a convocar nuevas elecciones lo que, en caso de llegar, ocurriría en el mes de abril.
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La constitución de la Asamblea
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Antes de llegar a la investidura habrá que constituir la Asamblea. El procedimiento se realizará mediante un decreto en el que se fijarán el día y la hora para celebrar la sesión constitutiva, que tendrá lugar en una fecha no posterior a 30 días desde el día de las elecciones, es decir, hasta el 20 de enero. Ésta arrancará con la formación de la mesa de edad, que estará presidida por el diputado de mayor edad, actuando como secretarios los dos más jóvenes de entre los diputados asistentes.
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[–>Tras la constitución de la mesa de edad, se leerá el decreto de convocatoria de la sesión constitutiva y la lista de los 65 diputados electos, que seguidamente procederán a la jura o promesa de acatar la Constitución y el Estatuto de Autonomía. Cuando hayan tomado posesión de su escaño, comenzarán las votaciones para elegir a la presidencia del Parlamento y, a continuación, al resto de los miembros que la integran.
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