Ese negocio llamado inflación – José T. Raga
No os alarméis por el título, que por su concisión puede ser objeto de escándalo para muchos. Supongo que podría provocar censura a quienes sufren habitualmente procesos inflacionarios, que serán la mayoría de la población, especialmente aquellos con menores ingresos.
Hablamos de los consumidores finales de bienes y servicios, para quienes un aumento de precios por encima de los aumentos de sus ingresos (sueldos, salarios, pensiones…) implica un empobrecimiento de sus condiciones de vida. Estos son los grandes afectados por la inflación.
¿Quiénes pueden ser los beneficiarios? Observando el escenario global, un agente destaca por sus posibilidades frente a otros. Hablamos del Estado, a través de sus competencias fiscales; del sistema tributario, que es a la vez parte del problema –la inflación– y que también aparece como beneficiario del mismo.
De todo el mapa fiscal destacan diversas figuras de impuestos/tributos cuya liquidación gira en torno al valor de los actos –fundamentalmente transacciones–, los que conocemos como impuestos. ad valorem. Es decir, la base sobre la que se aplica el tipo impositivo es el valor de la transacción –precio en algunos casos como el IVA, el Impuesto sobre Transmisiones y Actos Jurídicos Documentados, o valoración del patrimonio en el Impuesto sobre Sucesiones…–.
En todos estos casos, los sujetos afectados por la tributación discrepan sobre sus consecuencias: el Estado, y para evitar eufemismos, el gobierno de la nacioncomo administrador y gestor de los ingresos y bienes del Estado, se encuentra con un aumento de los ingresos recaudatorios en el monto porcentual equivalente a cómo han aumentado los precios. (inflación). Una ventaja, un negocio diríamos, que se da sin que el Gobierno tenga que tomar decisión alguna; automáticamente.
Esta ventaja (negocio) puede incrementarse adicionalmente en casos de decisiones públicas que aumentan la tasa impositiva. Aunque ocurre con frecuencia, no tanto por un aumento de tipos impositivos, sino también por la eliminación de bonificaciones previamente establecidas.
Tal es el caso de las bonificaciones del Real Decreto-Ley núm. 20 de 2022, para aliviar la situación económica de las familias, que al ser temporal y extraordinario se prorrogaría durante 2023, pero que en 2025 se eliminaría, quedando el IVA en los tipos anteriores a 2022.
Algo similar ocurre a través de impuestos específicos, como es el caso de la energía -electricidad, gas natural, madera y pellets- que, si bien afectan a la producción, las empresas trasladarán su importe a los precios, favorecidas por la imperfección de sus mercados.
Desde que gobierna Pedro Sánchez (02/06/2018) la inflación se percibe como el problema de España. Hoy podemos decir que el incremento de precios desde 2020 hasta finales de 2025 se estima en un 22,1% (INE), mientras que los salarios por convenio en esos años aumentaron un 16,7% (Estadística de Convenios Colectivos – Ministerio de Trabajo).
Observa el empobrecimiento de los salarios en términos reales y enriquecimiento del Estado/Gobierno A 30 de noviembre de 2025, un 10,0% más de recaudación (301.355 millones de euros), respecto al mismo periodo de 2024.
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