Esta es la ayuda de 500 euros que podrán solicitar los beneficiarios de una incapacidad permanente
El aumento de las pensiones es una de las grandes noticias de este 2025. Los ciudadanos beneficiados por el SIDA del gobierno verán cómo aumentan sus nóminas durante todo el año en comparación con 2024.
Sin embargo, esta buena noticia es la doble para un grupo de ciudadanos en particular. Y es que en 2021 el Complementar para reducir la brecha de géneroun beneficio hasta 500 euros ofrecido por el Seguro Social y eso tiene como objetivo cubrir a las personas que acreditan han sufrido daños en su carrera de contribución en períodos después del nacimiento de uno o más hijos.
Específicamente, las personas que pueden optar por la solicitud de esta ayuda son mujeres y hombres que son personas beneficiarios de una pensión de impuestos de jubilación (excepto la jubilación parcial), de discapacidad permanente o viudez A partir del 4 de febrero de 2021 y ha tenido uno o más hijos o hijas.
Requisitos de los hombres para solicitar el complemento para reducir la brecha de género
Sin embargo, hay una serie de requisitos básicos para los hombres que desean optar por la ayuda. Estos son:
- Causar la pensión de una viuda por la muerte del otro padre para los hijos o hijas en comúnsiempre que algunos de ellos tengan derecho a percibir una pensión de orfanato.
- Causar una pensión fiscal o discapacidad permanente y haber interrumpido o haber visto su carrera profesional afectada con motivo de nacimiento o adopción.
- En el caso de hijos o hijas nacidos o adoptadas hasta el 31 de diciembre de 1994, tener más de ciento veinte días sin precio Entre los nueve meses anteriores al nacimiento y tres años después de esa fecha o, en caso de adopción, entre la fecha de la resolución judicial que se constituye y los siguientes tres años, siempre que la suma de las cantidades de pensiones reconocidas sea menor que la Suma de las pensiones que corresponden a la mujer.
- En el caso de los hijos o hijas nacidos o adoptadas desde el 1 de enero de 1995, que la suma del precio del precio de los veinte y cuatro meses posteriores al nacimiento o la resolución judicial por la cual se constituye la adopción ser más bajo, en más del 15 por ciento, en los veinte y cuatro meses inmediatamente anterioressiempre que la suma de las cantidades de pensiones reconocidas sea menor que la suma de las pensiones que corresponden a la mujer.
El aumento de las pensiones en 2025
El Consejo de Ministros aprobado el 28 de enero de 2025 Decreto real que incluye la revaluación de las pensiones y otros beneficios pagados por el sistema de seguridad social. Después del procesamiento, las pensiones del Seguro Social, en su modalidad contribuyente, y las pensiones ordinarias y extraordinarias del régimen de clases pasivas especiales se revaluarán en general 2.8% para 2025que es la inflación promedio entre diciembre de 2023 y noviembre de 2024.
Por otro lado, Las pensiones mínimas aumentarán alrededor del 6% en 2025, Los ingresos vitales no confutivos y mínimos se revaluarán 9%y los de viudez con cargos familiares 9.1%. Además, el complemento para reducir la brecha de género de las pensiones contribuyentes Está programado para 2025 a 35.90 euros por messiendo el resultado de agregar un 5% adicional al porcentaje general de revaluación del 2.8%.
¿Cuál es la cantidad de complemento de género?
Después de la revaluación de las pensiones, las cantidades del complemento para reducir la brecha de género han aumentado en un 8,1% y siguen siendo las siguientes:
- 1 hijo: 35.90 euros por mes y 502.60 euros al año
- 2 niños: 71.80 euros por mes y 1,005.20 euros al año
- 3 niños: 107.70 euros por mes y 1.507.80 euros al año
- 4 niños: 143.60 euros por mes y 2,010.40 euros por año
Este complemento se paga mensualmente con dos pagos extraordinarios que se acumulan con los pagos mensuales de junio y noviembre.
¿Cómo se solicita esta ayuda?
Hay tres formas de hacer la aplicación:
- Se puede solicitar desde el portal Su portal de Seguro Social con certificado digital, DNI electrónico o clave permanente
- Si no lo tiene, Puede solicitarlo excepcionalmente de la sede del Seguro Social
- También en Centros de Atención e Información del Seguro Social, con cita previa: 901166565/915421176
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