La Audiencia Provincial de Madrid confirma la plena validez de los acuerdos de LALIGA con CVC
La Audiencia Provincial de Madrid, Sección 18, ha desestimado en su totalidad el recurso interpuesto por el Athletic Club y el Real Madrid CF contra la sentencia que ya había desestimado su demanda contra LALIGA en relación con los acuerdos aprobados por la Asamblea General Extraordinaria de 10 de diciembre de 2021.
La resolución confirma la sentencia dictada por la Plaza nº 15 de la Sección Civil del Juzgado de Primera Instancia de Madrid el 19 de febrero de 2024 y avala la validez de los acuerdos impugnados, imponiendo además las costas de segunda instancia a los clubes recurrentes.
La sentencia rechaza que la operación suponga una cesión de derechos audiovisuales a CVC y recuerda que los clubes siguen siendo propietarios de dichos derechos, sin perjuicio de la comercialización conjunta legalmente atribuida a LALIGA. Asimismo, la Corte considera que el aporte realizado por CVC se articula a través de un contrato de cuenta conjunta destinado a financiar a los clubes asociados, mejorar la competencia y maximizar el resultado de la comercialización de los derechos audiovisuales.
La Cámara descarta también que los clubes no participantes en la operación asuman sus costes, concluyendo que el mecanismo previsto les garantiza la neutralidad económica. En particular, la sentencia señala que los clubes no socios no tienen que asumir los gastos derivados de la operación y que el riesgo de impago corresponde, en su caso, a los clubes socios.
La Audiencia Provincial también rechaza las alegaciones relativas a una supuesta falta de información, al considerar probado que LALIGA puso a disposición de los clubes la documentación necesaria, ofreció reuniones para resolver dudas y permitió el examen de documentación adicional con asesores. La resolución concluye que los clubes disponían de información suficiente para tomar una decisión informada sobre los acuerdos sometidos a la Asamblea.
La sentencia confirma también que la creación de la sociedad filial LGI se integra en la capacidad de autoorganización de LALIGA y no anula sus funciones esenciales, ya que LALIGA mantiene las competencias de comercialización, gestión y organización del concurso. Además, el Tribunal destaca que LALIGA conserva más del 91% del capital social de LGI y el derecho a nombrar a la mayoría de sus directores, lo que confirma el mantenimiento del control sobre dicha entidad.
LALIGA valora positivamente esta resolución, que supone un nuevo respaldo judicial a los acuerdos con CVC, refuerza su seguridad jurídica y confirma la corrección jurídica de una operación estratégica encaminada a fortalecer la competición, apoyar a los clubes y maximizar el valor de los derechos audiovisuales del fútbol profesional español.
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