La regularización masiva excluirá los antecedentes penales en el extranjero que no estén tipificados en España
La regulación masiva de inmigrantes impulsada por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, para complacer a Podemos anulará los antecedentes penales cometidos en el extranjero durante los cinco años anteriores llegar a España y que no estén previstos en el ordenamiento jurídico español.
Tal y como se indica en el Proyecto publicado el 28 de enero por el Ministerio de Migraciones y Seguridad Social, al que ha tenido acceso LA RAZÓN, las personas con solicitud presentada para residir en España antes del 31 de diciembre de 2025, ya sea por raíces o «circunstancias excepcionales únicas», Podrán beneficiarse del nuevo reglamento.
A los extranjeros que no puedan recurrir a la figura del arraigo se les autorizará su residencia temporal sin necesidad de obtener la nacionalidad y se les aplicará el artículo 31.5 de la Ley Orgánica. En este sentido, el artículo exige que «carece de antecedentes penales en España o en los países de residencia anteriores, por delitos existentes en la legislación española»y no aparecer como una persona «rechazable» en el espacio territorial con el que la nación tenga acuerdos de esta naturaleza. También se limitará a un periodo de cinco años previo a la llegada a España y a que los beneficiarios hayan permanecido al menos cinco meses en suelo nacional.
Esta legislación contrasta con la indefinición presentada por Podemos cuando se confirmó el acuerdo. Tal y como apunta este diario citando fuentes del grupo liderado por Ione Belarra uno de los requisitos era la importancia de “carecer de antecedentes penales relevantes”. Gracias al documento presentado por el Ejecutivo se descubren las limitaciones eludidas por los morados el pasado mes de enero.
Será suficiente una declaración responsable de inexistencia de antecedentes penales
En el proceso con el que se procederá a su recogida, en el caso de que existan y la documentación no haya sido aportada por el afectado, en delitos cometidos fuera de España, el La Administración Pública exigirá a los países la información pertinente. «Si el interesado acredita que ha solicitado el certificado de antecedentes penales a las autoridades del país de origen o de residencia durante los últimos cinco años, y ha transcurrido un mes sin recibirlo, el El gobierno podrá recopilar la información necesaria directamente de la autoridad del país correspondiente.«dice el comunicado presentado.
Con el objetivo de cerrar el proceso, se señala un nuevo supuesto. Si el país no envía la documentación pertinente a la Administración en el plazo de un mes, bastará con presentar una «declaración responsable de no antecedentes penales». Con base en el proyecto presentado, se entenderá que “el interesado carece de antecedentes penales en los países antes mencionados” para acogerse a la disposición transitoria.
Teniendo en cuenta la fragilidad diplomática y la Lentitud burocrática en el continente africano.la palabra, a través de la declaración firmada, del extranjero afectado, sería la única prueba reclamada por el Gobierno para incluirla en la regulación masiva celebrada por Podemos. en ese aspecto Suman las posibles falsificaciones de archivos en países donde la «inestabilidad política» dificulta el trabajo de investigación. Sierra Leona, Níger, Mali o Somalia son algunos de los ejemplos.
De momento el Gobierno no se ha pronunciado sobre el proyecto presentado y publicado por el Ministerio de Migraciones que cerrará los aportes ciudadanos el 6 de febrero de 2026.
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