La temporalidad laboral baja en España pero sigue por encima de la media europea

Se acerca la temporada de verano y, con ella, el tradicional aumento de los contratos de trabajo temporales. España ha sido siempre uno de los líderes de Europa en número de contratos temporales, aunque las vicepresidentas María Jesús Montero y Yolanda Díaz han repetido recientemente que la temporalidad en el país ha pasado a situarse por debajo de la media europea.
La cifra en la que se basan Díaz y Montero, proporcionada por el Ministerio de Trabajo y Economía Social a Verificat, solo tiene en cuenta los contratos del sector privado, a diferencia de la cifra europea, que incluye también los contratos de funcionarios públicos. Entonces, ¿cómo ha variado realmente la temporalidad en España, cómo se compara con la Unión Europea y a quién afecta principalmente?
La tasa de temporalidad española, es decir, la cantidad de contratos temporales sobre el total, no se ha situado por debajo de la media europea al menos en los últimos 15 años. Aun así, los datos muestran que la cifra ha caído desde 2021: del 21,7% a finales de ese año al 13,4% a finales de 2024, según datos del Eurostat. La tasa se ha acercado a la de la Unión Europea que, sin embargo, se mantiene por debajo, con un 10,9% en el último trimestre del año pasado.
Esta bajada no es casual. La reforma laboral que entró en vigor en 2021 pretendía precisamente atacar las elevadas tasas de temporalidad del país. La normativa buscaba establecer el contrato indefinido como el habitual y acabó con los contratos por obra y servicio, que en aquel entonces suponían más del 40% de la contratación en España.
La cuestión no es solo si se ha reducido la cantidad de contratos temporales, si no el “círculo vicioso” de la temporalidad, explica Raul Ramos, catedrático de la Facultad de Economía y Empresa de la Universidad de Barcelona (UB). “Un contrato indefinido da más estabilidad, pero no quiere decir que la empresa no tenga mecanismos para rescindirlo. Si hay muchos más contratos indefinidos que finalizan de manera repentina y, por tanto, hay más bajas que antes de este tipo de contratos, no se está reduciendo la temporalidad de verdad, solo a nivel legal”.
El catedrático avisa que todavía es pronto para ver el impacto real de la reforma laboral. En este sentido, opina que no se podrá estimar hasta que se produzca otra crisis económica. “Si cuando llegue una gran crisis, vemos que las empresas entienden a los trabajadores como propios, que entran a ajustes salariales y no tanto en despedirlos, veremos que la reforma ha sido efectiva”.
Consuelo Chacartegui, catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad Pompeu Fabra (UPF), apunta que el cambio ha dado más seguridad a los trabajadores: “Se ha cambiado el Estatuto de los Trabajadores, la presunción es la de un contrato indefinido y solo en supuestos excepcionales se puede hacer un contrato temporal. Creo que el trabajador sabe perfectamente que esto es un cambio radical”.
Cada vez hay menos contratos temporales y también duran menos que antes. El pasado mes de marzo, los contratos temporales duraron de media 48 días, según los últimos datos del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Esto es una semana menos que el mismo mes del 2021.
Chacartegui explica que es también una consecuencia de la reforma laboral. “Cuando utilizas contratos temporales que duran mucho, esto está encubriendo que hay una bolsa de trabajo indefinido oculto. Que se reduzca la duración quiere decir que ahora, cada vez más, el contrato temporal es la excepción, no la norma”, afirma.
Los otros retos de la temporalidad
Los contratos temporales están bajando, pero Ramos advierte que los retos de la temporalidad no acaban aquí. “Hay empresas que seguramente han transformado algunos de estos contratos temporales en indefinidos, pero con reducción de la jornada. Esto puede haber afectado a trabajadores que no desean esta situación”, expone el catedrático.
“Reforzar los mecanismos para que la jornada parcial sea realmente voluntaria es un reto de futuro, sobre todo cuando está en el horizonte la reducción de la jornada laboral”, admite Chacartegui. La catedrática añade que, muchas veces, este tipo de contratos tienen “nombre de mujer” (representan el 56% de los contratos temporales) y que, aunque el objetivo de la reforma laboral era reducir la temporalidad, ahora es necesario actuar también desde otras perspectivas.
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