las multas desde octubre de 2026
El 1 de octubre de 2026 marcará un antes y un después en los adelantamientos en España. La DGT dejará de avisar y empezará a multar: habrá que reducir la velocidad si se adelanta a un ciclista, se prohibirá cambiar de carril en la autopista en caso de nieve y habrá que dejar un corredor de emergencia en caso de atascos. La reforma del Código General de Circulación, aprobada por el Consejo de Ministros, trae seis novedades que endurecen las normas en materia de circulación por carretera y que, de no respetarse, darán lugar a sanciones.
Lo que necesitas saber
- Por qué es importante: La nueva normativa transforma en obligaciones lo que antes eran recomendaciones, primando la seguridad de los ciclistas y la circulación en condiciones adversas.
- Cómo te afecta: Tendrás que reducir la velocidad en 20 km/h al adelantar a ciclistas en la carretera, no podrás cambiar de carril cuando nieva en la autopista y tendrás que abandonar un carril de emergencia en los atascos.
- Puntos clave y plazos: todas las normas entrarán en vigor el 1 de octubre de 2026 y las sanciones comenzarán a partir de ese mismo día; Afectan a todo tipo de vehículos de motor.
En caso de nieve en la autopista, está prohibido adelantar.
La innovación más sensacional es la prohibición de cambiar de carril en autopistas y autovías cuando el tráfico se ve obstaculizado por la nieve. Hasta ahora los paneles luminosos desaconsejaban adelantar, pero a partir de octubre se convierte en obligación obligatoria: Debes permanecer en el carril derecho y no podrás adelantar..
La DGT justifica la medida para que el resto de carriles queden libres para vehículos de emergencia y quitanieves. El incumplimiento de esta norma te expone a una sanción económica y, según los casos, podría llegar incluso a la inmovilización del vehículo. La norma no distingue entre nevadas fuertes o ligeras: basta con que la nieve dificulte la circulación.
Protección al ciclista: menos velocidad y más separación
Con esta reforma el colectivo ciclista recibe el más amplio abanico de garantías. La nueva norma más controvertida es la reducción obligatoria de la velocidad al adelantar en vías interurbanas: Tendrás que conducir al menos 20 km/h por debajo del límite de la carretera. durante toda la maniobra. En una carretera de 90 km/h, por ejemplo, la velocidad máxima permitida será de 70 km/h.
Además, en carreteras con varios carriles en cada sentido, el conductor debe cambiar de carril completamente adelantar a un ciclista, así como respetar la separación lateral mínima de 1,5 metros. En ciudad la distancia con el ciclista que tenemos delante aumenta a 5 metros y los ciclistas prefieren circular por el centro del carril para mejorar su visibilidad.
Otra novedad llamativa es la posibilidad de que los Ayuntamientos, en vías de un solo carril limitado a 30 km/h, permitan la circulación de bicicletas en sentido contrario al de los coches. Esta medida estará sujeta a información previa y, como reconoce la propia DGT, requerirá una especial atención para evitar situaciones de riesgo.
Adelantar ya no será cuestión de pisar el acelerador: habrá que medir la velocidad, dejar espacio y, en muchas circunstancias, desistir de hacerlo.
Motocicletas en carriles de emergencia y vehículos inmovilizados
Otra medida que afecta a los adelantamientos es la autorización a las motos para circular por los arcenes en los atascos. Ellos pueden simplemente hacerlo a una velocidad máxima de 30 km/htras señalizar el tramo y, sobre todo, respetar la prioridad de los vehículos que ya utilizan el muelle, como bicicletas o vehículos agrícolas. Sin embargo, no podrán superarlos. si coinciden en ese espacio.
El nuevo reglamento también endurece las condiciones para adelantar a un vehículo inmovilizado (por avería, accidente o intervención de emergencia). Ahora se requiere específicamente Deje un espacio lateral de 1,5 metros y reduzca su velocidad al menos 20 km/h. respecto al límite de la carretera.
Por último, aunque no regula directamente los adelantamientos, la reforma introduce el concepto de carril de emergencia en retenciones. Cuando el tráfico se detiene o avanza a paso de peatón, Los conductores deben moverse lateralmente para crear un corredor central. que permita el paso de ambulancias, policías o bomberos. Su incumplimiento dará lugar a una infracción con la sanción correspondiente.
Una normativa que refuerza la seguridad de los más vulnerables
La DGT anunció desde hace meses que las recomendaciones para una buena conducción se transformarían en normas. El objetivo prioritario, incluido en el planteamiento de la legislación, es mejorar la protección de los usuarios vulnerables de la vía públicaespecialmente ciclistas y motociclistas. En esta línea también entran otros cambios ya conocidos, como la obligatoriedad del uso de guantes para los automovilistas en las vías interurbanas o el límite de velocidad en las vías convencionales.
En la práctica, la mayoría de estas nuevas normas implican un cambio en los hábitos de los conductores. Acostumbrados a acelerar para adelantar rápidamente o a mantener el carril izquierdo en situaciones de nieve, ahora tendrán que reeducar sus automatismos. Las primeras semanas de octubre serán decisivas: la DGT ya ha anunciado que desplegará controles para garantizar el cumplimiento desde el primer día.
En los primeros meses, más de 200.000 automovilistas podrían verse sorprendidos por estas normas, especialmente en tramos montañosos y en carreteras secundarias frecuentadas por ciclistas. La clave, según los expertos en seguridad vial, estará en la señalización y difusión de la campaña informativa que la DGT está preparando para el mes de septiembre.
El paquete de medidas entrará en vigor en su totalidad el 1 de octubre de 2026. No hay plazo de espera: a partir de esa fecha cualquier incumplimiento será sancionado. Los automovilistas tenemos menos de tres meses para adaptarnos a una normativa que sin duda cambiará nuestra forma de conducir en España.
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