MUERTE DIGNA | De Pere Puig a Noelia: el periplo de los pacientes psiquiátricos para acceder a la eutanasia
La ley orgánica de regulación de la eutanasia (LORE), vigente en España desde marzo del 2021, otorga un nuevo derecho sanitario que protege la libre elección del momento de la muerte a las personas mayores de edad, españolas o residentes, que estén en «contexto eutanásico» y mantengan capacidad de hecho. Este «contexto eutanásico» está definido en el artículo tres de la LORE en dos supuestos: un sufrimiento grave, crónico e imposibilitante, y una enfermedad grave e incurable.
[–>[–>[–>La LORE no habla de diagnósticos ni excluye ninguna enfermedad ni sufrimiento. Solo habla de «situaciones». Por lo tanto, no deja fuera las enfermedades mentales, que se incluirían en el primer supuesto, como sí ocurre en legislaciones de otros países como Canadá. Este es el caso, por ejemplo, de Pere Puig Ribas, el vecino de 54 años de Reus (Tarragona) con una depresión severa y resistente a los tratamientos con más de 20 años de evolución, que ha pedido tres veces la eutanasia y cuya historia fue publicada el sábado pasado en EL PERIÓDICO.
[–> [–>[–>Aunque todavía no se le ha autorizado la eutanasia de forma definitiva, la Comissió de Garantia i Avaluació de Catalunya (CGAC), el órgano multidisciplinar de carácter administrativo que aprueba o deniega las peticiones, la ha avalado y ha dado luz verde a que su caso siga tramitándose. La CGAC le había denegado a Pere la muerte asistida en las dos ocasiones anteriores. La evaluación en los casos de salud mental es compleja porque no siempre se puede acreditar que el solicitante tenga capacidad de decisión ni determinar que la posibilidad de tratamiento esta agotada y no existe posibilidad de mejora.
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«Sufrimiento grave y cronificado»
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En una resolución del 9 de marzo a la que ha tenido acceso este diario, la comisión asegura que queda «acreditada» la existencia de un sufrimiento psicológico grave y cronificado en el caso de Pere –el primer contexto eutanásico– que afecta «profundamente» a su «calidad de vida» y que «dificulta» su «autonomía personal». En cuanto a las «alternativas terapéuticas», considera que ya «ha agotado todas las opciones de tratamiento disponibles». «No se prevé ninguna mejora de su situación actual y existe una elevada probabilidad de que las limitaciones y el sufrimiento que presenta persistan en el tiempo sin posibilidad de curación ni de mejora apreciable», añade el dictamen.
[–>[–>[–>Además, Pere tiene dolor crónico, hipertensión y ha perdido 10 kilos de masa muscular. Por el camino de la consecución de la eutanasia, se ha encontrado con numerosas dificultades, desde informes desfavorables de médicos del CAP Sant Pere de Reus –las peticiones primero las valoran doctores «de confianza» del paciente y después, si estos dan el ‘sí’, especialistas en su enfermedad– hasta dilataciones en los tiempos de respuesta.
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El caso de Noelia
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Otro de los casos de eutanasia correspondientes al ámbito de la salud mental es el de Noelia, la joven catalana cuyo expediente ha recibido la luz verde del Constitucional tras los recursos interpuestos por el padre. En el caso de Noelia, las dificultades no han derivado de su evaluación, sino de la batalla judicial que ha emprendido su progenitor para parar una resolución positiva ya concedida.
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[–>Noelia ingresó con 13 años en centros de acogida y, años más tarde, quedó parapléjica tras un intento de suicidio después de haber sufrido una agresión sexual grupal. Noelia vive un sufrimiento «grave, crónico e incapacitante» acreditado por la comisión de la eutanasia y el alto tribunal. Ya antes de quedarse en silla de ruedas tenía problemas de salud mental, pues padecía un trastorno límite de la personalidad.
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Fue en octubre de 2022 cuando Noelia intentó quitarse la vida tras la agresión sexual. La paraplejia a consecuencia de ello no solo la dejó en una silla de ruedas, sino también le impide moverse de cintura para abajo y le causa fuertes dolores neuropáticos e incontinencia. Solicitó la eutanasia el 10 de abril de 2024 y la CGAC se la aceptó por unanimidad tres meses después. El 1 de agosto, un día antes de la intervención, el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 12 de Barcelona la suspendió de forma cautelar por petición del padre de Noelia. El hombre alegaba que su hija podía mejorar y que no estaba en condiciones de tomar esta decisión.
[–>[–>[–>Tribunal Constitucional
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Meses después, en marzo de 2025, Noelia ratificó su voluntad ante el juzgado. A partir de ahí se inició un periplo de recursos de Abogados Cristianos, representante del padre, que incluso puso una querella por falsificación en documento público y prevaricación a dos técnicos del CGAC que evaluaron el caso.
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El pasado 29 de enero, el Tribunal Supremo no admitió el recurso del padre, como tampoco lo hizo el 20 de febrero el Tribunal Constitucional. La Sala Segunda, en sesión extraordinaria y por unanimidad, decidió no admitir a trámite la impugnación del hombre y la eutanasia de Noelia es inapelable. El caso se ha llevado con absoluto secretismo y se desconoce si se ha practicado ya.
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