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PAGA EXTRA EMPLEADAS HOGAR | El cambio en la Seguridad Social que deja sin cobrar la pensión a estos jubilados en enero

PAGA EXTRA EMPLEADAS HOGAR | El cambio en la Seguridad Social que deja sin cobrar la pensión a estos jubilados en enero
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  • Publishednoviembre 25, 2024


Muy recientemente, el empleo de los hogares Era una actividad que se basaba sobre todo en la confianza y las relaciones informales. Pero desde hace unos años se intenta borrarlos. las diferencias entre los empleados domésticos y otros trabajadores por cuenta ajena.

Se estima que el sindicato de empleadas del hogar, compuesto mayoritariamente por mujeres, está formado por 580.500 personas (501.800 mujeres y 78.800 hombres), según datos de la EPA. Por tanto, España es el país europeo con más trabajadoras del hogar. . El derecho a cobrar las pensiones de jubilación de los empleados domésticos es una cuestión aún por resolver. Existe evidencia de que el Sistema Especial para Empleados del Hogar brinda cobertura a personas del ámbito doméstico. Sin embargo, existen tres motivos que impiden la jubilación al llegar a la edad ordinaria.

Entre los trabajadores del hogar, la edad legal ordinaria de jubilación es de 65 años (con un mínimo de 37 años y 9 meses de aportes en 2023). Si has cotizado menos, tendrás que esperar hasta tener 66 años y 4 meses. También se les ofrece la posibilidad de prejubilación de 24 meses, es decir, a partir de los 63 años (habiendo cotizado 37 años y 9 meses) o a los 64 años y 4 meses.

En una jubilación anticipada involuntaria o forzosa, la edad de jubilación se puede adelantar 48 meses, es decir, a partir de los 61 años. Siempre que se hayan cotizado 37 años y 9 meses o más, o a los 62 años y 4 meses. .

El Convenio 189 de la OIT, vigente en España desde febrero de 2024, tiene como objetivo avanzar en los derechos laborales y la cobertura de las trabajadoras del hogar. Destaca fundamentalmente el aumento salarial.

Por supuesto, existen diferentes casos por los que los trabajadores domésticos pueden no recibir la pensión. Uno de ellos es el incumplimiento de los requisitos mínimos de cotización y edad de acceso que impone la Seguridad Social. Está fijado en 15 años, según el Real Decreto Legislativo 8/2015.

También podría limitarse el derecho de los empleados del hogar a percibir una pensión si no se demuestra que han alcanzado la edad de acceso a la jubilación ordinaria.

El resto de motivos están asociados a la pensión de jubilación no contributiva. Por tanto, los solicitantes deben tener unos ingresos anuales inferiores a 7.250 euros y si los superan y no lo comunican al organismo competente, se podría desistir de su solicitud. Sin embargo, todo podría subsanarse con un pago extraordinario que justifique su origen.

El tercer motivo está vinculado al incumplimiento del requisito de residencia, que es totalmente obligatorio. Y se requiere residir en territorio español y haberlo hecho durante al menos diez años entre los 16 años y la fecha de devengo de la pensión. De todas ellas, al menos dos deberán ser consecutivas e inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de la pensión de jubilación.



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