Economia

¿Puedo negociar la fianza del alquiler?

¿Puedo negociar la fianza del alquiler?
Avatar
  • Publishedabril 26, 2025




Cada vez más personas deciden convertirse en inquilinos y, cuando esto sucede, Deben enfrentar un desembolso económico significativo. El pago del alquiler, la fianza o la garantía adicional son los pagos que tendrán que pagar al propietario cuando se firme un contrato de arrendamiento.

«Al concluir el contrato, el requisito y la provisión de fianza metálica serán obligatorias en cantidad equivalente a Un alquiler mensual en arrendamiento de viviendas«. Esto se establece en el Artículo 36.1 de la Ley de Arrendamiento Urbano (LAU). La cantidad puede ser equivalente a dos meses en el caso de arrendamientos para su uso que no sean vivienda, como locales comerciales. Pero, ¿puede negociar el bono de alquiler?

Las regulaciones actuales establecen que esta cantidad Es obligatorio y debe ser equivalente a un mes de alquiler -Se como máximo. Si el alquiler es de 900 euros, esto será de 900 euros. «No se puede negociar la fianza de alquiler. Cuando está regulado por el LAU con un monto exacto, no podemos pagar una cantidad más baja», explica el portal de bienes raíces de Fotocasa.

En el caso de que el propietario acepte un bono a la baja, Esta sería una práctica ilegal que podría conducir a problemas al formalizar el contrato o la recuperación de la fianza Al final del alquiler.

La garantía adicional es negociable

Sin embargo, En un contrato de alquiler, se puede negociar la garantía adicional. La garantía adicional es la cantidad de dinero que el inquilino otorga al propietario como cumplimiento de sus obligaciones que generalmente se entregan al mismo tiempo que el bono. «En el caso del arrendamiento de la vivienda, en contratos de hasta cinco años, o hasta siete años si el arrendador era una persona jurídicaEl valor de esta garantía adicional no puede exceder los pagos mensuales de dos ingresos«, según lo establecido por las regulaciones.

De esta manera, la suma de la fianza y la garantía adicional no puede exceder el equivalente de tres pagos mensuales de alquiler. Por lo tanto, en un alquiler de 1,000 euros, el propietario podría solicitar un máximo de 1,000 euros de fianza, que es obligatorio, y 2,000 euros de garantía adicional, será negociable:: un total máximo de 3.000 euros permitidos por la LAU.

El inquilino puede intentar acordar una cantidad menor de garantía adicional o incluso evitar pagarloDado que esta cantidad es negociable.



Puedes consultar la fuente de este artículo aquí

Compartir esta noticia en: