requisitos para inquilinos y propietarios
El acceso a la vivienda en España es un tema cada vez más complicado para las familias. Por un lado, los precios de venta hacen que a muchos les resulte imposible pagar la entrada. La solución suele pasar por alquilar una casa, pero en este caso la situación … Tampoco es muy favorable.
La saturación del mercado o los altos precios de los alquileres dificultan que muchas familias paguen el alquiler. Esto se combina con el temor de muchos propietarios de que sus inquilinos se conviertan en inquiokupas.
Requisitos para que los propietarios se beneficien de las garantías del Gobierno
La Ley de Vivienda aprobada por el Gobierno -y las medidas que han venido después- no han solucionado del todo el problema. La última de las medidas del Gobierno aprobadas en Consejo de Ministros consiste, según el ejecutivo, en «facilitar» el acceso al alquiler tanto a jóvenes menores de 35 años como a personas vulnerables a través de garantías.
Como explica ABC, «En la práctica sería un seguro para el propietario frente al impago del alquiler». Sin embargo, la protección del Estado si un inquilino deja de pagarle al propietario sólo se dará en determinadas circunstancias.
Por ejemplo, los propietarios deben alquilar sus casas a menores de 35 años o personas vulnerables y los alquileres no podrán exceder el índice de referencia estatal, así como firmar un compromiso respecto de la garantía del alquiler. Otra condición notable es que sólo aquellos que tienen contratos firmados al 30 de enero de 2025por lo que el resto, que es la gran mayoría, queda fuera.
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Contrato firmado al 30 de enero de 2025
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Firmar un contrato con personas menores de 35 años o personas vulnerables (según lo establecido en cada CCAA)
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Cobrar un ingreso por alquiler que no exceda la tarifa de referencia estatal
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Depositar la fianza legal obligatoria del contrato de alquiler, así como sus actualizaciones
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Firmar con el inquilino el compromiso relativo a la garantía de alquiler, de acuerdo con el modelo aprobado por la Administración
Las comunidades autónomas también podrán establecer criterios adicionales.
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Impago de rentas de alquiler
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Daños causados a la vivienda.
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Costo de suministros adeudados
Por ahora No se ha anunciado cuál será la línea de financiación. para pagar esta nueva medida del Gobierno. Sin embargo, los beneficiarios deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
Por otro lado, como explica ABC, en principio estas compensaciones a los propietarios Sólo podrán abonarse cuando el inquilino abandone la vivienda.para lo cual tendrán un plazo de seis meses.
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