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¿Son legales los patinetes eléctricos con sillín? Esto dice la DGT sobre ellos

¿Son legales los patinetes eléctricos con sillín? Esto dice la DGT sobre ellos
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  • Publishedenero 5, 2026



Desde 22 de enero de 2024La Dirección General de Tráfico (DGT) exige que todos Vehículos de Movilidad Personal (VMP) Respetar el manual de características técnicas homologado por Tráfico para poder circular. Esta legislación afecta directamente a la patinetes electricos con asientouna opción cada vez más apreciada por quienes buscan comodidad en viajes largos.

EL legalidad en la silla no depende únicamente de la presencia del accesorio, sino de un requisito fundamental: la autoequilibrio. Según el manual, sólo los VMP equipados con este mecanismo pueden incorporar asiento.

Este sistema, común en modelos avanzados como segways, Permite mantener la estabilidad del vehículo y también se utiliza en scooters destinados al transporte de mercancías.

En la práctica, esto significa que un patinete eléctrico convencional con asiento fijo o desmontable, pero sin autoequilibrio, El VMP no se considera. En este caso pasamos a la categoría de vehículos de motor, lo que implica el uso de lecciones y obtener una licencia.

Definición de vehículo para movilidad personal

Un vehículo de movilidad personal, según el manual de la DGT, es aquel que tiene una o más ruedas, está equipado con un solo asiento y está propulsado exclusivamente por motores eléctricos. La velocidad máxima debe estar entre 6 y 25 km/h. “Sólo pueden equiparse con un asiento o una silla si están equipados con un sistema de autoequilibrio”, se lee en el texto. La longitud máxima es de 2.000 mm y el peso debe ser inferior a 50 kilos.

Además de esta condición, el reglamento establece otros requisitos técnicos para todos los VMP: frenos, timbre, luces delanteras y traseras, elementos reflectantes y matrícula indicando marca, modelo y número de certificación. Las marcas son responsables de buscar la aprobación de laboratorios autorizados, por lo que el modelos vendidos como certificados Ya Deberían incluir esta documentación.

La DGT recuerda que la obligación de cumplir estas normas está vigente desde el 22 de enero de 2024, mientras que podrán circular los modelos antiguos solo hasta 2027. A partir de esa fecha cualquier vehículo sin certificación será ilegal.

En materia de seguridad, Tráfico insiste en la importancia de uso de casco, que sera obligatorio cuando se aprobará un real decreto con reformas legales para proteger a los usuarios de la vía más vulnerables.



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