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Un conductor debe 104 millones en multas por no hacer el traspaso de su moto

Un conductor debe 104 millones en multas por no hacer el traspaso de su moto
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  • Publishedjulio 13, 2026



La historia la cuenta el medio colombiano Publimotos y podría ser una pesadilla para cualquier motociclista español. En 2010, antes de emigrar a Estados Unidos, un ciudadano dejó su motocicleta en Pereira en manos de un comisionista con la transferencia bancaria firmada en blanco. Nunca más volvió a saber del vehículo. Cuando regresó en marzo de 2026 e intentó que le aprobaran su licencia, se encontró con una deuda imposible: multas por más de 104 millones de pesos colombianos (unos 25.000 euros al tipo de cambio actual).

La sorpresa no fue pequeña: se acumularon 99 multas en 16 años, la mayoría por conducir sin SOAT -equivalente a nuestro seguro obligatorio- y sin inspección técnico-mecánica. La moto siguió circulando a su nombre mientras él vivía, ajeno a todo, en otro país. Las multas le explotaron en la cara justo cuando menos lo esperaba.

La situación jurídica tampoco es sencilla. Las acciones penales por abuso de confianza o apropiación indebida han prescrito con el paso del tiempo y ya no es posible la posibilidad de transferencia a persona indefinida permitida por la legislación colombiana. El tribunal de Manizales decidirá 21 de julio si se acepta su solicitud de cancelación.pero la lección es universal.

¿Y en España? La persona jurídica responsable es siempre la persona que figura en el registro de la DGT.

Vale repetir: en España, hasta que se notifique el cambio de titularidad, El propietario registrado sigue siendo responsable de todas las obligaciones legales.. El artículo 50 del Reglamento General de Vehículos establece lo siguiente: cualquier infracción cometida con el vehículo a motor se comunica al propietario que figura en el Registro de Vehículos de la DGT. No importa si vendiste la motocicleta verbalmente; A efectos de tráfico, usted sigue siendo la persona que recibe las multas.

Además, si el comprador no contrata un seguro a su nombre, cualquier accidente grave puede derivar en una reclamación de indemnización millonaria ante el Consorcio de Compensación de Seguros y, a su vez, ante usted como responsabilidad subsidiaria. No realizar la transferencia no sólo genera deuda administrativa: puede arruinarte.

Las consecuencias: además de las multas, la responsabilidad civil

Las 99 multas en el caso colombiano reflejan lo que puede pasar aquí cuando el nuevo usuario acumula multas, no supera la ITV o conduce sin seguro. En España las multas por radar, semáforo o estacionamiento inadecuado se notifican al propietario. Si no les pagas, La DGT puede embargar cuentas, devoluciones de Hacienda o incluso salariosy le impide realizar trámites como transferir otros vehículos o renovar su permiso de conducir.

El verdadero peligro viene si la persona que conduce tu vieja moto provoca un accidente con víctimas mortales. La Ley de Seguro y Responsabilidad de Vehículos Motorizados responsabiliza al propietario del vehículo a menos que pueda demostrar que lo vendió y lo divulgó formalmente. Sin dicha divulgación, la carga de la prueba recae sobre usted.

Ahora en España la solución existe y es sencilla: Comunicar la venta del vehículo a la DGT en el plazo de diez días hábiles. desde la entrega. Este trámite, gratuito y electrónico, evita que recibas multas posteriores. Pero ojo: si superas este plazo, las sanciones que se producirán mientras tanto seguirán ligadas a tu nombre.

La lección: cómo hacer el movimiento y dormir profundamente

El caso del automovilista colombiano termina con un tribunal que decidirá su suerte, pero para usted el desenlace podría ser mucho más llevadero. La regla de oro es nunca entregar la motocicleta sin asegurarse de que se registra inmediatamente la transferencia de propiedad. La confianza en el comprador, por amistosa que sea, no le exime de responsabilidad legal.

Una moto entregada sin traslado es una bomba de tiempo. Hasta que se cambie el propietario, usted seguirá siendo el propietario legal.

Si vendes la moto a un particular, acompáñalo a una oficina de matriculación de vehículos o registra la venta online mediante un certificado digital. En el caso de una venta a un comprador profesional, asegúrese de que la eliminación temporal o la transferencia de propiedad esté anotada en el registro. Y no olvides comunicar la cesión del seguro: la póliza vinculada a la moto también tendrá que cancelarse una vez formalizada la cesión.

Tu mecánico de confianza

  • Base jurídica: Artículo 50 del Reglamento general de vehículos y Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre circulación, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.
  • Sanción sospechada: No existe multa directa por no cesión, pero todas las infracciones cometidas con la moto recaen sobre ti siempre que seas el propietario registral. Las consecuencias pueden incluir millones de dólares en ejecuciones hipotecarias y responsabilidades civiles.
  • Ahorro o prevención: La notificación de la venta a la DGT es gratuita. Hacerlo a tiempo evita un agujero financiero potencialmente ruinoso. Si no sabes cómo hacerlo, contacta con un profesional o una agencia: vale la pena el gasto.
  • Curiosidad internacional: En Colombia existía una transferencia de monto a persona indefinida para casos como este, pero ya venció el plazo para recibirlo. En España, la notificación electrónica de compraventa tiene una finalidad similar y sigue vigente.
  • Comparación expresa: En el Reino Unido, V5C no certifica la propiedad legal, sino sólo a la persona responsable de los impuestos y multas; En España, el registro en la DGT te hace responsable de todo lo que ocurra con la moto, excepto la comunicación fehaciente de venta.



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