Consumo obligará a las compañías telefónicas a bloquear las llamadas «spam» y declarará nulos los contratos suscritos por esta vía

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, dirigido por Pablo Bustinduy, ha anunciado un nuevo paquete de medidas que endurece aún más la lucha contra las llamadas comerciales no deseadas. Las noticias llegan en forma de Dos enmiendas a la Ley de Servicios de Atención de Clientela (Ley de SAC)donde se establece que Todas las empresas deben identificar sus llamadas comerciales con un código Numérico específico (un prefijo telefónico), visible para el usuario. Y Si no lo hacen, las compañías telefónicas estarán obligadas a bloquear esas llamadas. Esto implicará, y esto es recopilado por la enmienda, de que el Gobierno de España adapta el plan de numeración nacional para facilitar la implementación técnica del nuevo sistema de identificación y bloqueo.
Además, Ningún contrato firmado durante una llamada sin separación será legalmente válido, Y las empresas deben renovar el consentimiento de los usuarios cada dos años si desean continuar contactándolos, asegurando que las empresas no se protejan en autorizaciones indefinidas o ambiguas para continuar contactando a los consumidores. «De esta manera, buscará desalentar a las empresas a hacer llamadas no deseadas ya que los contratos logrados en este tipo de comunicaciones serán anulados», dice el consumo.
Estas medidas refuerzan la prohibición general de las llamadas comerciales sin consentimiento, en vigor desde junio de 2023 después de la reforma de la Ley de Telecomunicaciones Generales. Desde el 29 de junio de 2023, el estándar prohíbe las llamadas comerciales solicitadas sin REN sin el consentimiento previo del usuario. Específicamente, la ley establece que los usuarios tendrán el derecho «no recibir llamadas no deseadas para fines de comunicación comercial, a menos que haya un consentimiento previo del propio usuario para recibir este tipo de comunicaciones comerciales o a menos que la comunicación pueda estar cubierta por otra base para la legitimación de los previstos en el Artículo 6.1 de la Regulación (UE) 2016/679 del procesamiento de datos personales». Esta excepción, por ejemplo, se aplicaría en los casos en que la llamada fuera necesaria para proteger los intereses vitales, o para el cumplimiento de una misión hecha en interés público, entre otros.
A esto se agrega el pedido TDF/149/2025 para combatir estafas, que del 7 de marzo obliga a los operadores a Bloquear llamadas y SMS de números que no se han atribuido, asignado o otorgado a un servicio, a un operador o un cliente. Por ejemplo, ese es el caso de los números que comienzan en 3 o 4. Además, a partir de esa fecha, los números 900 y 800 se pueden usar para hacer llamadas comerciales. Hasta ese momento, estos números podrían recibir llamadas de los usuarios, pero las empresas no podían emitir llamadas.
Dentro del marco de esa orden de combatir las estafas de suplantación de la identidad a través de llamadas telefónicas y mensajes de texto fraudulentos, el El 7 de junio entrará en vigor dos nuevas medidas. A partir de esa fecha, se le prohibirá hacer llamadas comerciales desde un número de teléfono móvil. Solo se pueden realizar a partir de la numeración geográfica, a partir de números especialmente atribuidos a ella, o, como se mencionó anteriormente, de los números 800 y 900. Otra medida que entra en vigor el 7 de junio es la Obligación de bloquear las llamadas de los operadores y SMS de origen internacional que simulan ser originado en un número español, Excepto los de aquellos clientes que están en roaming.
Otras protecciones en suscripciones, revisiones y precios
Estas dos enmiendas a la ley de SAC registrada en el Congreso de Diputados para agregar, acordados con el PSOE, y propuestas por el Ministerio dirigida por Pablo Bustinduy, se agregan a otras enmiendas hechas a esta misma ley que se hicieron públicas la semana pasada. Uno de ellos tiene como objetivo evitar renovaciones automáticas no deseadas en servicios o suscripciones contratadas por Internet. Las empresas estarán obligadas a comunicarse, al menos quince días de anticipación, la fecha de renovación de dichos servicios. Además, deben garantizar al usuario una forma clara y simple de darse de baja si lo desea.
Otra medida pone el enfoque en revisiones falsas. Solo se puede publicar una revisión en los treinta días de la compra del bien o la provisión del servicio, para garantizar que corresponda a la opinión real y reciente. Además, la compañía que recibe la revisión habrá garantizado la posibilidad de réplica y solicitar la eliminación de ella cuando pueda demostrar que no es real.
Del mismo modo, las obligaciones de transparencia ofrecidas al consumidor están reforzadas. Las empresas deben incluir todos los gastos, incluida la gerencia, desde el primer momento en que se presenta el precio del producto o servicio, especialmente en el entorno digital.
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