Más de cuarenta sentencias amparan en España el cobro del equipaje mano en los aviones
El aerolíneas que operan en España continúan defendiendo que el La colección de equipaje de cabina es perfectamente legal. Y no solo porque, según su interpretación, según lo determine el Regulación europea 1008/2008 Pero porque, agregan, docenas de tribunales han respaldado en los últimos años.
De acuerdo con los datos del empleador Asociación de aerolíneas (ala)hay Más de cuarenta oraciones gobernaron en España que protegen esta práctica Para lo cual el Ministerio de Consumo, sin embargo, ha impuesto una multa de 179 millones de euros a Ryanair, Volotea, EasyJet, Norwegian y Vueling.
Las aerolíneas, que no niegan que haya otras oraciones favorables para los pasajeros, entienden que esta jurisprudencia contradictoria pone a menos en cuestión la sanción impuesta por el consumo. En este sentido, también recuerdan que el procedimiento seguido por el Ministerio del Consumidor se ha despertado Dudas de la propia Comisión EuropeaComo se destaca por el hecho de que Bruselas ha pedido aclaraciones al gobierno para determinar si el procedimiento seguido es correcto, un proceso conocido como piloto de la UE.
La multa para el equipaje de cabina ayer saltó a noticias informativas después de la Asociación Europea de Consumidores BeUC y 16 de sus organizaciones miembros, entre ellas la OCU española, CECU y Asfin, denunciadas antes del Comisión Europea y antes del Red de autoridades de protección al consumidor Ese eilyJet, Norwegian, Ryanair, Transavia, Volotea, Vueling y Wizzir continúan cargando por el equipaje manual, una práctica que consideran ilegal basada en la jurisprudencia europea; Y qué consumo confirmó que también analiza Wizzir y Transavia.
Juicio
Las organizaciones están cubiertas por su queja de que el Tribunal de Justicia de la Unión EuropeaEn su juicio sobre el «caso en rumor» de 2014, estableció que las aerolíneas no pueden recolectar suplementos para el equipaje manual si cumple con criterios razonables de peso y tamaño y respeta los estándares de seguridad.
En este sentido, recuerda que Todas las aerolíneas observan las disposiciones de este juicio del TJue y en las regulacionesSin excepción, permitiendo un bulto libre siempre que se ajuste debajo del asiento delantero, es decir, siempre que cumpla con ciertos requisitos en relación con su dimensión y peso.
Desde las aerolíneas también se aseguran de que los hábitos de los consumidores hayan cambiado y que cada vez más consumidores quieren ir con su carrito en la cabina y hay una limitación de la capacidad física. Un Airbus 320, por ejemplo, tiene capacidad para 90 carros mientras tiene 180 asientos, explique como ejemplo.
El sistema actual, como defienden, permite un pronóstico de equipaje en la cabina, evitando que aquellos que no se ajusten a ir a la bodega con los consecuentes retrasos. De hecho, ALA afirma que algunas compañías han informado que solo en España, dado que tienen esta política, han reducido los retrasos debido a esta causa en un 90%.
En caso de que se vean obligados a renunciar a este cargo, las aerolíneas ya han advertido que se verán obligadas a elevarles los precios de las entradas. También recuerdan que la sanción del consumo no es firme y apelada en la corte y que, por lo tanto, las empresas continúan aplicando la política de recolección de equipaje de cabina.
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