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¿Las luces V-16 de la DGT obligatorias se pueden usar también en Francia, Portugal o Marruecos?

¿Las luces V-16 de la DGT obligatorias se pueden usar también en Francia, Portugal o Marruecos?
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  • Publishednoviembre 10, 2025



Las normas generales de vehículos exigen que a partir de 1 de enero de 2026 Todos los conductores traen su propio coche, camión, furgoneta o autobús. Luz V-16 conectada con el Dirección General de Tráfico (DGT). Con estos dispositivos los vehículos se vuelven más visibles en la carretera y, además, la plataforma DGT 3.0 recibe la posición en tiempo real. sera el mismo dia Prohibido el uso de la carretera de triangulos de emergencia y balizas offline, una medida que ayudará a reducir el elevado número de accidentes en carretera.

A partir de 2023, de hecho, Tráfico no impone la colocación de triángulos si un coche se detiene por avería o cualquier otra emergencia en autopistas o autopistas: se considera más peligroso salir del vehículo para informar el problema con respecto a la presencia del propio vehículo. La baliza luminosa ya se considera una mejor alternativa y, dentro de un año, turismos, vehículos mixtos, autobuses y automóviles destinados al transporte de mercancías. Deben llevarlo siempre dentro de sí. Están exentas las motocicletas y los ciclomotores.

Sin embargo, el Las luces V-16 sólo serán obligatorias en España. Y entonces surge la pregunta: ¿qué pasa si un coche matriculado en España, que cumple con la legislación española, cruza la frontera con ¿Francia, Portugal o Marruecos? ¿Se pueden utilizar las luces V-16 en otros países? Y en la otra cara de la moneda: ¿los coches extranjeros tendrán que llevar faro si cruzan España?

Para aclarar las condiciones de uso de estos dispositivos, la DGT se remite a la regulaciones internacionales.

Entonces, el Convención de Viena sobre circulación por carretera de 8 de noviembre de 1968 (aún vigente y firmada por España) establece que los países podrán exigir, para permitir la circulación internacional por su territorio, que el vehículo esté equipado con un dispositivo de señalización de emergencia a bordo. Consiste en “una placa en forma de triángulo equilátero” o “en cualquier otro dispositivo de igual eficacia prescrito por la legislación del país en el que está matriculado el vehículo.

De esta manera, un vehículo matriculado en España que circula por otro país firmante del acuerdo, como es el caso de Francia, Portugal, Marruecos, Andorra y otros 98 estados, cumplirá la normativa transfronteriza si lleva (y utiliza, si es necesario) el nuevo luminoso y conectado dispositivo de aviso de peligro V-16.

COMO ejercicio de precaución, Sin embargo, es aconsejable cumplir con la legislación local. llevar triángulos de advertencia a bordo, ya que ni los conductores ni los agentes de otros países necesitan tener conocimiento de la existencia de las balizas V-16.

Teniendo en cuenta las mismas normas, aquellos Coches matriculados en otros países. firmantes del convenio (y que circulan por España desde hace un período inferior a un año) Podrán llevar el accesorio de señalización marcado por la legislación del país de origen o una luz de emergencia V-16 adjunta.





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