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La DGT anuncia estos otros cambios que llegan en 2026

La DGT anuncia estos otros cambios que llegan en 2026
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  • Publishednoviembre 10, 2025



El arcén siempre ha sido un espacio reservado únicamente para emergencias o averías. Sin embargo, en la vida cotidiana, el atasco a menudo se convierte en una zona gris, donde las motocicletas, tratando de acelerar su viaje, la invaden periódicamente, creando una situación de ilegalidad y, en ocasiones, de riesgo.

Pues bien, a partir de 2026, la DGT trae una modificación del Reglamento General de Circulación lo que representa un completo punto de inflexión hacia esta realidad.

Con el artículo 36.3 del Reglamento, aprobado y publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), circular con la motocicleta por el arcén en caso de atascos dejará de ser infracción. Se legalizarán comportamientos ya habituales en nuestras carreteras, pero con algunas condiciones muy claras y rigurosasEsto es lo que usted, como automovilista, debe saber.

La DGT explicó que esta medida pretende sobre todo darle fluidez a el movimiento de los automovilistas en condiciones seguras. Pero no es un cheque en blanco que puedas poner sobre tu hombro; de hecho la velocidad máxima permitida se limitará a 30 kilómetros por hora. Es importante que sepas que este permiso está habilitado sólo en caso de atasco o retención.

El objetivo es doble: por un lado, proporcionar a los automovilistas una vía de escape segura, y por otro, garantizar que no zigzagueen entre coches detenidos, maniobra que aumenta el riesgo de accidentes en el tronco principal de la vía.

esta idea Ya se había propuesto en 2020. con una velocidad inicial de 40 km/h, que se redujo a 30 km/h para priorizar la seguridad. Se trata de una medida que, si se aplica bien, podría reducir los riesgos y el estrés de miles de automovilistas que cada día pasan por zonas congestionadas. Como automovilista, esto significa que cuando veas un atasco debes prestar atención al arcén, pero no te preocupes, porque las motos deben circular a una velocidad muy baja y controlada.

Pero Las motocicletas no son las únicas beneficiadas para la revisión del artículo 36. En el punto 36.4, el nuevo reglamento dará luz verde a vehículos de asistencia en carreteraAl igual que las grúas, también pueden desplazarse sobre arcenes en caso de atascos. Nuevamente, la velocidad se limitará a 30 kilómetros por horay deberán utilizar sus señales luminosas y reflectantes para advertir de su presencia.

Con esta modificación podrán acceder más rápidamente al lugar, alejar los vehículos implicados y, por tanto, restablecer la circulación lo antes posible. Se trata de una medida de pura lógica para acortar la agonía de los atascos.

En cuanto a la vehículos prioritarios en servicio de emergencia (policías, bomberos, ambulancias), también podrán utilizar el arcén debidamente señalizado. La diferencia es que para ellos no habrá límites de velocidadya que la urgencia a la que tendrán que responder será la que determinará el ritmo de su circulación.



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