RECIBO LUZ | El Gobierno endurece las medidas para echar a las eléctricas ‘fantasma’ del mercado de la luz
El Gobierno activó hace meses una ofensiva para expulsar del negocio eléctrico a las compañías sin ninguna actividad (eléctricas ‘fantasma’) o con operaciones irregulares (eléctricas ‘pirata’). El Ministerio para la Transición Ecológica, comandado por la vicepresidenta Sara Aagesen, puso en marcha una gran criba en el registro de comercializadoras de luz con una oleada de decenas de inhabilitaciones. Ahora el Ejecutivo endurece algunas de las medidas y agiliza procedimientos para facilitar esas expulsiones y para evitar los trucos que utilizan algunas de esas empresas energéticas para evitar la inhabilitación.
[–>[–>[–>El Consejo de Ministros aprobó este martes un real decreto que actualiza el reglamento de suministro y comercialización de la electricidad, que incluye medidas para evitar el ‘spam’ telefónico de las compañías eléctricas y para reforzar los derechos de los clientes y las obligaciones de las compañías. Entre los cambios, el departamento dirigido por Aagesen se ha lanzado a endurecer algunas normas contra las eléctricas que no cumplen todas las obligaciones o que directamente no tienen actividad alguna.
[–> [–>[–>Transición Ecológica ya ha venido ordenando la suspensión de 40 comercializadoras eléctricas en apenas un año, como adelantó este diario. El motivo de la inmensa mayoría de las inhabilitaciones fue la inactividad total de las empresas durante el plazo de un año, pero el nuevo real decreto aprobado ahora reduce ese plazo a sólo seis meses. Las comercializadoras deberán realizar compras de energía en el mercado eléctrico antes de que se cumplan seis meses desde su inscripción en el registro oficial del sector y también estarán obligadas a ejercer la actividad de comercialización de manera continua sin interrumpir la adquisición de electricidad en el mercado mayorista por un plazo superior a esos seis meses.
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Algunas de las empresas inhabilitadas en esa criba masiva ejecutada por el Ejecutivo fueron expulsada por incumplir sus obligaciones de comprar suficiente energía para garantizar el suministro de sus clientes. Ésa sigue siendo la obligación legal con carácter general, pero el real decreto concreta que las comercializadoras deberán tener plenamente garantizado la compra de la electricidad equivalente al 100% del consumo estimado de sus clientes durante el mes siguiente.
[–>[–>[–>Blindar la expulsión evitando trucos
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La normativa vigente ya contempla la adopción de medidas para evitar que las eléctricas ‘pirata’ traten de perpetuar su actividad después de ser inhabilitadas, normalmente a través de otras compañías con otra nombre pero con los mismos socios. Ahora el Gobierno activa cambios legales para conseguir que algunas de esas medidas pasen a activarse ya de manera cautelar también mientras está en estudio el expediente de inhabilitación.
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Durante el tiempo en que esté en marcha el procedimiento para estudiar la inhabilitación de una comercializadora el Ministerio podrá adoptar medias provisionales para impedir el traspaso de clientes a cualquier otra empresa del mismo grupo o a empresas vinculadas (ya sea por tener el mismo administrador o las que tengan socios que sean familiares o afinidad de adminitrador), para evitar que las empresas distribuidoras sigan tramitando nuevas altas de consumidores de la compañía bajo sospecha, y para prohibir que la energética expedientada acceda a la información sobre los puntos de suministro o de cambios de comercializadora de las bases de datos de la CNMC.
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[–>Más de 550 eléctricas
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España es, con diferencia, el país europeo con mayor número de comercializadores eléctricos, como consecuencia de que no se exige una licencia administrativa previa y no se establecen barreras de entrada al negocio como sucede en otros mercados de la UE. En el registro de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) ahora mismo figuran como dadas de alta más de 550 comercializadoras. Pero no todas las empresas están realmente operativas.
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El último informe de la CNMC sobre los mercados energéticos minoristas apunta que hace un año había sólo 416 comercializadoras realmente activas. Se consideran compañías activas las que tienen al menos un cliente y que compran energía para cubrir su suministro. La normativa vigente establece que el Ministerio para la Transición Ecológica ha de inhabilitar a las comercializadoras que no presentan ninguna actividad durante un año.
[–>[–>[–>Pero se trata de un proceso administrativo complejo que ha hecho que durante años el Gobierno no haya presentado una postura proactiva para poner orden en el sector. Y es que para aprobar la inhabilitación por inactividad, la Dirección General de Política Energética y Minas debe contrastar, por un lado, con la CNMC que la comercializadora no tiene ningún cliente; y, por otro, ha de comprobar con Red Eléctrica de España (REE), gestor del sistema eléctrico, y con el Operador del Mercado Ibérico de la Energía (OMIE), el gestor del mercado mayorista eléctrico, que las compañías efectivamente llevan más de un año sin comprar energía.
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