una infidelidad que vale un permiso de paternidad doble
Hasta 19 semanas de permiso por nacimiento y cuidado de menores, y hasta 32 en el caso de familias monoparentales. Ese es el gran avance para padres y madres en España, que el Gobierno aprobó el pasado mes de julio y que se está aplicando ya en todo el territorio nacional. Además, dos de esas semanas se pueden disfrutar hasta que el hijo o la hija tenga 8 años (son cuatro en el caso de hogares monoparentales). A ello se podrán acoger retroactivamente las familias cuyos hijos hayan nacido a partir del 2 de agosto de 2024. Este derecho se puede solicitar desde el pasado 1 de enero de 2026.
[–>[–>[–>En un hecho insólito que ha generado debate jurídico y social, la Seguridad Social española ha permitido a un hombre trabajador acogerse a dos permisos de paternidad completos por nacimiento y cuidado de menor tras tener dos bebés con dos mujeres diferentes, amparándose en los criterios de gestión del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y la ampliación de la normativa laboral vigente. Lo extraordinario ocurre cuando estos criterios se interpretan en la práctica: según las directrices internas del INSS sobre la prestación por nacimiento y cuidado de menor antes de agotar otra anterior (Criterio de gestión 04/2026), un padre que ha generado derecho a permiso por el nacimiento de un hijo puede acumular o solicitar la prestación correspondiente por cada nacimiento independiente siempre que cumpla los requisitos de afiliación y cotización, aunque los hijos tengan madres distintas.
[–> [–>[–>Este supuesto se ha materializado en al menos un caso documentado —objetivo de discusión en foros jurídicos y consultas administrativas— en el que un trabajador solicitó y obtuvo el permiso por nacimiento y cuidado del menor en dos ocasiones diferenciadas, correspondientes a dos hijos nacidos de relaciones distintas. La argumentación de los servicios del INSS se basa en que el derecho al permiso es individual y se genera por cada hecho causante, es decir, por cada nacimiento registrado oficialmente, sin que la norma establezca una limitación por el número de progenitoras implicadas, tal y como se explica en el criterio de gestión 4/2026, con fecha de este 9 de febrero de 2026, y que recoge el Ilustre Colegio de Abogados de Oviedo-
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En cualquier caso, la ampliación y aplicación de estos criterios reflejan un enfoque continuado por parte del gobierno y del INSS para adaptar la normativa laboral y de Seguridad Social a la realidad social actual, promoviendo la igualdad entre progenitores y la conciliación de la vida laboral y familiar con un trato equitativo incluso en situaciones familiares complejas.
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