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El fondo que ha lanzado una oferta de 140 millones por Oasiz admite que los acreedores ordinarios no verán un euro del concurso

El fondo que ha lanzado una oferta de 140 millones por Oasiz admite que los acreedores ordinarios no verán un euro del concurso
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  • Publishedfebrero 16, 2026



Inversores de Cale Street (CSI), el fondo luxemburgués que quiere comprar Oasiz, el mayor centro comercial de la Comunidad de Madrid, admite que, con su oferta, la mayoría de los acreedores no recuperarán ni un euro.

El fondo es el principal acreedor de Carlota Iberiala empresa propietaria del centro comercial, se declaró en quiebra con un Pasivos cercanos a los 320 millones. de euros, uno de los mayores quiebras declaradas en España en los últimos años.

Carlotta Iberia acompañó su solicitud de declaración de concurso a la Juzgado de lo Mercantil número 14 de Madrid acompañado de una oferta de compra de CSI para el centro comercial en 140 millones de euros.

Se trata de una cantidad que prácticamente coincide con la deuda que Carlotta Iberia mantiene con CSI, y también con la última controvertida valoración del centro comercial, estimada por la consultora. CBRE a petición del fondo.

En la oferta vinculada presentada por CSI para adquirir Oasiz, consultada por este periódico, el fondo indica que, según estimaciones preliminares «y teniendo en cuenta la tesorería actualmente disponible en Carlotta», menos de seis millones de euros, a 30 de septiembre de 2025, «se espera que el efectivo restante disponible para el pago de los créditos concursales será limitado o inexistente«.

En consecuencia, continúa el fondo, «es previsible que Sólo podrán satisfacerse parcialmente los créditos con privilegio general, quedando insatisfechos los créditos ordinarios y subordinados. (…)».

Según el planteamiento de Cale Street Investment, sólo se atenderán las deudas contraídas con organismos públicos, los impuestos, con los asesores legales de Carlotta Iberia, y con los profesionales que trabajan en el proceso concursal, los créditos contra la masa. Así como la deuda de más de 140 millones de euros contraída por Carlotta Iberia con CSI.

El deudas con proveedores (créditos ordinarios) y con personas especialmente vinculadas con el deudor (créditos subordinados), no serán pagados.

En su oferta, CSI asegura que mantiene un «compromiso histórico» con la viabilidad de Oasiz, «demostrado a lo largo de más de ocho años de relación crediticia y, desde febrero de 2024, como socio de control». Y destaca que su oferta es la solución «más eficiente, rápida y segura» para la adquisición del centro.

CSI, financista, acreedor y propietario de Oasiz

Calle Cale participó en la financiación de la construcción del centro con un préstamo por valor de 105 millones de euros garantizados con hipoteca sobre el propio centro comercial.

De hecho, el fondo se hizo con el control del centro comercial, ubicado en Torrejón de Ardoz, tras la aprobación de un plan de reestructuración de Carlotta, en febrero de 2024. obteniendo el 75% de los derechos de voto de la sociedad y nombrar cuatro directores.

Actualmente, La deuda de Carlotta Iberia con CSI supera los 140 millones de euros, tras nuevas aportaciones de capital por parte del fondo y la recaudación de 9% de interés.

La propuesta del fondo ha sido rechazada por algunos acreedores de Carlotta Iberia, que advierten de posible fraude procesal.

A finales de la semana pasada el abogado Francisco Suárezque trabajó como asesor en la construcción de Oasiz, y que reclama una deuda de más de medio millón de euros, presentada ante el Juzgado de lo Mercantil número 14 de Madrid oposición por escrito a la oferta de compra de Cale Street Investment.

En su escrito, el abogado advierte que CSI tiene un triple estatus en el certamen de acreedores de Carlotta Iberia: es su principal acreedor, con créditos reconocidos que rondan los 142 millones de euros; Es propietario indirecto del 75% de los derechos de voto de la sociedad concursada; y es la propia entidad la que formula la oferta de adquisición.

Esta triple condición de acreedor garantizado, socio controlador y oferente «genera un conflicto de intereses estructural que debe regir todo el análisis de la operación«destaca.

La propuesta de venta de Oasiz «beneficia exclusivamente a CSI y perjudica al resto de acreedores, es contraria al interés de la quiebra»

De prosperar la propuesta del fondo, CSI «sería beneficiaria exclusiva y exclusiva de la venta, adquiriendo la unidad productiva sin aportar nueva liquidez al patrimonio, sin asumir cargas frente a terceros acreedores, y dejando a la masa activa vacía de contenido y a los acreedores ordinarios sin posibilidad alguna de cobro o continuidad externa del negocio«destaca.

La operación propuesta por el CSI, dice el abogado Francisco Suárez, presenta las características de lo que el legislador, dice, quiso impedir en la redacción de la Ley Concursal: Cuando el adquirente es una persona especialmente vinculada, «la transmisión de la unidad productiva conlleva la sucesión empresarial en las deudas concursales».

La operación, concluye, «beneficia exclusivamente a CSI y perjudica al resto de acreedores, lo que la hace contraria al interés del concurso».

El abogado también advierte de que la evolución de la relación entre CSI y Carlotta Iberia «sugiere un uso instrumental de los mecanismos concursales y preconcursalesno para maximizar el valor del patrimonio, sino para facilitar la adquisición del bien por el propio acreedor controlador en condiciones ventajosas.

Recuerda también que todavía No hay pronunciamiento de la Administración Concursal nombrada por el juezsobre si el precio es acorde al mercado; si es ventajoso para la masa; alternativas; o cuál es la clasificación y rango de crédito de CSI.

Otro acreedor de Carlotta Iberia, la empresa española nombrequien también trabajó como consultor en la construcción de Oasiz, y que reclama una deuda de más de cuatro millones de euros, también ha presentado una oposición por escrito a la operación propuesta por el fondo luxemburgués.

La operación, afirma en su escrito, «constituye en sí mismo un auténtico fraude al derecho de cobro del resto de los acreedores distintos del oferente y un manifiesto abuso de derecho.«.

Nueva polémica en torno a Oasiz

Paralelamente a la presentación de documentos de oposición a la propuesta de venta de Oasiz a CSI, ha surgido una nueva polémica en torno a la proceso judicial y de quiebra confuso que rodea el centro comercial de Madrid.

Uno de los acreedores de Carlotta Iberia que intentó impugnar el plan de reestructuración de la compañía alcanzado en febrero de 2024, la empresa de pinturas alicantina Sebastián Sánchezque reclamaba 122.000 euros, Sorprendentemente ha retirado su demanda.

La empresa alicantina presentó al Audiencia Provincial de Madrid Demanda para impugnar las Órdenes que aprobaron el plan de reestructuración de Carlotta Iberia.

En la primera aprobación de la reestructuración de Carlotta, el Juez ‘olvidó’ incluir 76 créditos de proveedores

El plan de reestructuración, dijo hasta ahora Sebastián Sánchez, «nunca debería haber sido aprobadono sólo por los defectos formales que adolece, sino también por la incorrecta o inadecuada formación de clases, por la falta de definición de las reducciones propuestas y por la evidente falta de viabilidad del Planque no pasa la prueba del interés superior de los acreedores.

El entonces juez a cargo del proceso, Carmen Gonzálezdel Juzgado de lo Mercantil número 14 de Madridemitió una orden aprobando la refinanciación del centro comercial con base en el plan presentado por Carlotta el 27 de febrero de 2024.

En aquel plan de reestructuración presentado Se incluyeron 69 créditos por un monto de 4,38 millones de euros de proveedores afectados; pero Otros 76 créditos de proveedores por un total de 9,2 millones quedaron fuera.: Había más créditos fuera del plan que dentro del plan.

Entre los créditos de proveedores que fueron «olvidados» en ese plan de reestructuración estaban los de NAM, por un importe de cuatro millones de euros, y los de la empresa alicantina Sebastián Sánchez, 122.000€.

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El centro comercial Oasiz, en Torrejón de Ardoz (Madrid).

El magistrado del Juzgado de lo Mercantil número 14 de Madrid dictó orden del 17 de enero de 2025 acordando «aclarar» su orden de aprobación febrero de 2024, e incluir los 76 créditos ‘olvidados’ en la elaboración del plan de reestructuración inicial.

Hace un año, la Audiencia Provincial admitió a trámite la demanda interpuesta por Sebastián Sánchez contra la aprobación del plan de reestructuración propuesto, y trabaja desde entonces en los trámites trazados.

Sin embargo, el pasado mes de enero la representación de la empresa alicantina presentó renuncia por escrito a la impugnación presentadaa pesar de que esto implica la imposición del pago de costas procesales.

Una sentencia de la Audiencia Provincial que abordara las pretensiones de Sebastián Sánchez habría arruinado las aspiraciones del fondo CSI sobre Oasiz.






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