Singapur abre la veda contra los activos de España en Asia
La estrategia jurídica del Estado español respecto de los arbitrajes internacionales derivados de cortes a las energías renovables añade un nuevo revés. El Tribunal Superior de Singapur ha rechazado el intento del Gobierno de España de basarse en la inmunidad soberana bloquear la ejecución de un laudo arbitral internacional que obliga al país a pagar casi 290 millones de euros a energía SiguienteEra Participaciones globales de energía.
La resolución, emitida el 24 de febrero, confirma que el laudo es plenamente ejecutable en la jurisdicción de Singapur y abre la puerta para que los acreedores inicien procedimientos destinados a localizar y confiscar activos comerciales del Estado español en aquel país para satisfacer la deuda.
El fallo supone un paso relevante dentro del prolongado diferendo internacional surgido tras la reforma energética aprobada en España tras la crisis financiera. A principios de la década de 2010, el Ejecutivo modificó retroactivamente el esquema de prima lo que fomentó la inversión en proyectos solares y eólicos, un sistema que había atraído miles de millones de euros de capital extranjero durante los años anteriores.
Muchos inversionistas internacionales consideraron que esos cambios regulatorios violaban las garantías ofrecidas cuando realizaron sus inversiones y recurrieron al arbitraje internacional bajo el Tratado sobre la Carta de la Energía. En el caso de NextEra, el procedimiento se tramitó ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), que terminó emitiendo un fallo favorable al inversionista.
Desde entonces, el litigio ha sido trasladado a diferentes jurisdicciones nacionales encargadas de reconocer y ejecutar las decisiones arbitrales.
España ha defendido sistemáticamente que estos premios No se pueden ejecutar dentro del espacio europeo. al tratarse de disputas entre inversores y Estados miembros de la Unión Europea, argumento parcialmente apoyado por la Comisión Europea.
Sin embargo, los tribunales ubicados fuera de la UE han estado adoptando un enfoque diferente. En el caso analizado por el Tribunal Superior de Singapur, el Estado español argumentó que gozaba de inmunidad soberana y que el derecho comunitario debía impedir la ejecución del laudo. El juez André Maniam rechazó ambas tesis y concluyó que las obligaciones derivadas del Convenio del CIADI y de los tratados internacionales suscritos por España prevalecen a efectos de ejecución en dicha jurisdicción.
La decisión sitúa a Singapur en la línea de resoluciones anteriores adoptadas por tribunales de países como Reino Unido, Australia o Estados Unidos, que también han permitido avanzar en procedimientos de cobranza contra el Estado español en relación con arbitrajes energéticos.
El elemento más significativo de la sentencia reside en sus efectos prácticos. Al declarar la ejecución del laudo, NextEra queda autorizada a solicitar medidas para identificar bienes comerciales o activos vinculados a España en Singapur que sean susceptibles de embargo, dentro de los límites establecidos por el derecho internacional sobre bienes estatales.
El conflicto de las energías renovables constituye uno de los mayores frentes de arbitraje abiertos por un país desarrollado en las últimas décadas. España acumula más de una veintena de sentencias adversas derivadas de la reforma energética, con reclamaciones pendientes que, según distintas estimaciones jurídicas,s, superan los 2.000 millones de euros.
El Gobierno ha sostenido que el pago directo de estas compensaciones podría entrar en conflicto con la normativa europea sobre ayudas de Estado y ha optado por recurrir o cuestionar la ejecución de las sentencias en diferentes jurisdicciones internacionales. Esta posición ha prolongado los procedimientos judiciales durante años y ha trasladado el debate del ámbito del arbitraje a tribunales nacionales de terceros países.
Expertos en arbitraje internacional consideran que resoluciones como la de Singapur reducen progresivamente los espacios legales disponibles para retrasar la ejecución de los laudos. A medida que más jurisdicciones reconocen su validez, aumenta la capacidad de los inversores para perseguir activos estatales fuera del territorio europeo.
El caso también adquiere relevancia en el contexto actual de transición energética global. Diversos analistas jurídicos señalan que la seguridad regulatoria constituye un elemento clave para atraer financiación privada hacia proyectos energéticos de largo plazo, especialmente en sectores intensivos en capital como las energías renovables.
De momento, el fallo no supone un pago inmediato, pero sí refuerza la posición procesal de NextEra y otros inversores que mantienen litigios similares contra España. La evolución del procedimiento dependerá ahora de las acciones de ejecución que puedan iniciarse en Singapur y de las posibles respuestas legales del Estado.
En cualquier caso, la sentencia confirma una tendencia consolidada en los últimos años: los tribunales internacionales y nacionales fuera de la Unión Europea están mostrando una creciente disposición a hacer cumplir los laudos arbitrales energéticos dictados contra España.
Puedes consultar la fuente de este artículo aquí