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La Justicia rechaza las cautelares que pedía Abogados Cristianos para paralizar la eutanasia de Noelia

La Justicia rechaza las cautelares que pedía Abogados Cristianos para paralizar la eutanasia de Noelia
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  • Publishedmarzo 26, 2026



El juzgado de instrucción número 20 de Barcelona ha desmentido el último intento de la fundación ultracatólica Abogados Cristianos para frenar la eutanasia de Noelia, programado para mañana después de un año y medio paralizado ante el tribunal debido al recurso presentado por su padre.

La entidad ultracatólica, según ha explicado esta mañana en un comunicado, ha solicitado suspender la eutanasia mediante medidas muy cautelares presentadas ante el juzgado de instrucción número 20 de Barcelona, ​​que investiga el Denuncia que Abogados Cristianos presentó contra dos miembros de la comisión de la Generalitat quien autorizó la muerte digna de la joven, quien padece paraplejía. Sin embargo, El tribunal ha denegado las medidas solicitadas argumentando que no es competente para resolver esa cuestión.

Los abogados de la fundación ultracatólica fueron quienes, en agosto de 2024, lograron paralizar «in extremis» la eutanasia de Noelia mediante un recurso que presentaron en nombre del padre de la niña, quien se opone a su muerte digna.

Después de un recorrido judicial de año y medio, y con la todos los recursos agotadosLos tribunales han avalado el derecho de Noelia a la eutanasia, que el Departamento de Sanidad ha fijado inicialmente para mañana, según explicó la propia Noelia.

En su último intento fallido por frenar la muerte asistida de la joven, Abogados Cristianos pidió esta mañana al tribunal de instrucción que se acuerda de forma muy cautelar -sin escuchar a las partes- que Noelia sea sometida a tratamiento psiquiátrico antes de que se realice la eutanasia.

Los respaldos de la Justicia y los profesionales médicos

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña avaló la eutanasia de la joven, que sufre una lesión en la médula espinal que afecta su movilidadsi bien estimó el recurso del padre, al entender que éste tenía derecho a ser parte en el procedimiento.

En el fallo, el tribunal superior catalán afirma carecer de argumentos que le permitan sustentar que la joven no reúne «los elementos básicos exigidos» para solicitar la eutanasia, dada la existencia de informes médicos que acreditan el pleno cumplimiento de los requisitos.

En primera instancia, el juez ya concluyó que la niña tenía derecho a recibir la eutanasia después de evaluar el informes positivos de todos los profesionales médicos que, en su diagnóstico, coincidieron en que estaba sufriendo.

Él Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) rechazó suspender la eutanasia de la joven mediante una resolución del 10 de marzo, en la que rechazó la solicitud de medidas cautelares solicitada por Abogados Cristianos.

El Tribunal de Estrasburgo falló tras la Tribunal Constitucional unánimemente inadmisible el recurso del padre, que pedía suspender la eutanasia, y que el Corte Suprema rechazó el recurso en el mismo sentido en enero.

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