El Supremo da la razón al INSS y deniega la pensión de gran invalidez a un vendedor de la ONCE con ceguera legal por no necesitar asistencia de tercera persona
El Tribunal Supremo ha denegado la pensión de gran discapacidad a un trabajador legalmente ciego que vendía cupones para una entidad social.
la frase 349/2026 sostiene que, aunque su agudeza visual en ambos ojos era 0,05no se demostró que efectivamente necesitara la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida diaria, como comer, vestirse o moverse.
El empleado, que vestía más de quince años en la organizaciónhabía solicitado el grado máximo de invalidez tras un empeoramiento de 2022. Inicialmente, tanto el juzgado de lo social como el tribunal superior autonómico le dieron la razón.
Ambas instancias ellos aplicaron la doctrina entonces difundida: una visión binocular inferior a 0.1 Nos obligó a reconocer automáticamente la necesidad de un cuidador y, con ello, el complemento económico.
El fin de la concesión automática
Sin embargo, el alto tribunal recuerda que su Sesión plenaria de marzo de 2023 rectificó ese criterio. Ahora se impone una valoración subjetiva que tiene en cuenta las circunstancias específicas de cada persona: la capacidad de adaptación, la edad en la que se produjo la pérdida de visión y el existencia de otras dolencias.
La sentencia subraya que “No es lo mismo la pérdida del campo visual central que la pérdida del campo visual periférico” y que la simple cifra de agudeza no puede sustituir a las pruebas de dependencia reales.
En el caso analizado, los magistrados destacan que no se presentó ninguna prueba de que el vendedor realmente necesitara un cuidador; Incluso valoraron que su permanencia en un trabajo con atención al público sugería autonomía suficiente.
Al resolver el recurso de unificación de doctrina, el Tribunal Supremo cancela las resoluciones que proporcionó el beneficio y coincide con el Instituto Nacional de Seguridad Social.
La decisión deja claro que el umbral de agudeza visual, por sí solo, no define gran discapacidad. A partir de ahora, cualquier aspirante con discapacidad visual severa deberá acreditar, mediante informes detallados, que sin ayuda externa no puede realizar las rutinas más básicas, más allá de la adaptación laboral que con esfuerzo haya logrado.
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