Antena3

Sanciones de hasta 7.500 euros para las empresas que incumplan la desconexión digital de sus trabajadores

Sanciones de hasta 7.500 euros para las empresas que incumplan la desconexión digital de sus trabajadores
Avatar
  • Publishedmayo 14, 2026


6 de cada 10 trabajadores reconocen atender llamadas, mensajes o correos electrónicos fuera del trabajoSegún la encuesta sobre desconexión digital 2025, datos que confirman que este derecho, reconocido por la ley desde hace años, sigue sin aplicarse.

Incluso si la normativa protege el descanso fuera del horario laboral, La necesidad de estar permanentemente disponible sigue muy presente en España.tiene. Muchos empleados reconocen a diario que no siempre pueden ejercer este derecho. «En rigor no. Unos días sí, otros no», explica un trabajador cuando se le pregunta si respeta la desconexión digital.

El problema también es estructural. Según la encuesta, dos de cada tres trabajadores afirman que Sus empresas no tienen políticas claras para garantizar la desconexión digital. La ausencia de protocolos contribuye a normalizar estas prácticas y dificulta que los empleados ejerzan sus derechos sin sentirse presionados.

Desde un punto de vista jurídico, la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitalesen su artículo 88, y el Estado de los trabajadoresen el artículo 20 bis, establecer que Los empleados no están obligados a responder a las comunicaciones fuera de su horario laboral.. Estos estándares garantizan el respeto al descanso, la privacidad y la vida familiar, tanto en el entorno físico como en el digital.

Infracciones por incumplimiento

Sin embargo, el incumplimiento de este derecho puede tener consecuencias. La ley sobre infracciones y sanciones en el orden social considera fDespido grave que viole los períodos de descanso o interfiera con las vacaciones..

el abogado Alex Fontelles advierte de cuáles son estas situaciones: “Esta conexión digital fuera del horario laboral se produce por la noche, en vacaciones o en momentos en que el trabajador sienta angustia a la recepción de estas comunicaciones y no tienen justificación».

Las sanciones económicas pueden varía entre 751 y 7.500 eurosdependiendo de la gravedad del caso. Factores como repetición, intencionalidad o impacto en el trabajador influyen en el importe final. En los casos más graves en los que se demuestre la continuación de la práctica, se aplica la pena máxima.

Síguenos en nuestro canal whatsapp y no te pierdas las últimas novedades y todas las novedades de nuestra perfil de google.



Puedes consultar la fuente de este artículo aquí

Compartir esta noticia en: