quienes tengan una incapacidad permanente absoluta podrán cobrar la pensión de orfandad de por vida
La pensión de orfandad tiene fecha de vencimiento para la mayoría de los beneficiarios, pero no para todos. La regla general fija el cargo hasta 21 años, edad ampliable hasta los 25 cuando el huérfano no trabaja o sus ingresos no superan el Salario Mínimo Interprofesionalactualmente cifrado en 17.094 euros brutos al año.
Hay, sin embargo, un caso que rompe por completo este límite de edad y convierte la prestación en algo que puede acompañar al beneficiario. por el resto de tu vida.
Y ahí es donde entra en juego la discapacidad. La Seguridad Social contempla ampliar la pensión de orfandad sin límite de edad cuando el beneficiario tenga reconocida la incapacidad permanente absoluta.que es aquel que le impide ejercer cualquier profesión u oficio. El mismo derecho se aplica a quienes tienen reconocida una Gran Discapacidad, que es el reflejo de la obligación de contar con la ayuda de otra persona para actos esenciales de la vida cotidiana, como vestirse, comer o desplazarse.
Cualquier discapacidad no sirve
La incapacidad para el trabajo debe estar presente en la fecha del fallecimiento del progenitor que genera el derecho. Cualquier discapacidad tampoco sirve. ya que el factor determinante no es el porcentaje de invalidez sino la prueba de la imposibilidad real de realizar una actividad laboral. Una vez cumplido este requisito, se podrá ampliar el beneficio. 20, 30 o 40 años.
La protección legal de esta excepción se encuentra en el artículo 224 de la Ley General del Seguro Socialque reconoce el derecho a la pensión a los hijos del causante, cualquiera que sea su filiación, siempre que sean menores de edad 21 años o incapacitado para trabajar. Con esta disposición, el sistema busca proteger a quienes, por no poder generar ingresos propios, quedan en una situación de especial vulnerabilidad tras el fallecimiento de su progenitor.
A diferencia de la extensión ordinaria hasta 25 añosaquí es irrelevante si el beneficiario recibe o no ingresos por debajo del SMIporque la protección surge de la incapacidad y no de una circunstancia temporal de estudios o falta de ingresos.
500 días de aportes dentro de un período ininterrumpido de cinco años
Por otro lado, se deben cumplir los requisitos de aportación exigidos al causante.. Si el fallecimiento se produjo durante el alta o en situación análoga al alta, se exigen al menos 500 días de aportes dentro de un período ininterrumpido de cinco años.. Cuando el fallecimiento se produce por accidente, laboral o no, o por enfermedad profesional, no se requiere período de cotización previo. Y si el fallecido era pensionistael derecho se genera de acuerdo con las reglas de las prestaciones por muerte y sobrevivencia.
En cuanto al monto, la pensión generalmente equivale a El 20% de la base reguladora del fallecido, cifra que varía según su situación laboral en la fecha del hecho causante y según la causa del fallecimiento.. Cuando el fallecimiento se deba a accidente de trabajo o enfermedad profesional, los huérfanos también podrán tener derecho a una indemnización global, independientemente de la mensualidad.
En los casos de orfandad absoluta, en los que ambos progenitores hayan fallecido o no exista beneficiario de viudedad, la pensión podrá incrementarse, sin que la suma de todas las prestaciones derivadas del fallecimiento supere, como regla general, 100% de la base reguladora.
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