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los jubilados podrán volver al trabajo sin renunciar a una parte de su pensión con esta nueva fórmula

los jubilados podrán volver al trabajo sin renunciar a una parte de su pensión con esta nueva fórmula
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  • Publishedjunio 7, 2026



Él Consejo de Ministros aprobado el mes pasado el Real Decreto que regula el nuevo régimen jurídico de la jubilación flexibleuna fórmula diseñada para que quienes ya reciben una pensión de jubilación puedan reincorporarse al mercado laboral sin renunciar a parte de ese beneficio.

Esta es una medida propuesta por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migracionesque entrará en vigor tres meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Además, queda registrado en la reforma de las pensiones acordada con los agentes sociales y aprobado en 2024.

La gran novedad implica que esta modalidad permite de estar reservado para trabajos por cuenta ajena a tiempo parcial. A partir de ahora también podrán sumarse aquellos que quieran registrarse. como autónomoaunque se debe cumplir un requisito clave, que es no haber estado registrado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en los tres años anteriores a la fecha de jubilación.

Por otro lado, Tampoco habrá un periodo mínimo de espera desde que se reconoce la pensiónya que el acceso podrá solicitarse en cualquier momento.

Un jubilado consigue desbloquear una herencia de 125.000 euros vendiendo una nuda propiedad ocupada por la cuarta esposa de su padrePexels

Condiciones muy diferentes para los trabajadores por cuenta ajena

Del lado de la pensionados que optan por el trabajo por cuenta propiael rango de trabajo a tiempo parcial compatible se amplía significativamente. Básicamente, va del apartado anterior, situado entre el 25% y el 75%, a un nuevo margen que pasa del 33% al 80%. La pensión se reducirá en proporción inversa a las horas trabajadas, de modo que Cuanto mayor sea la dedicación laboral, menor será el porcentaje de beneficio. que se percibe durante ese período.

El Real Decreto también introduce un incentivo económico para quienes tarden en volver a la actividad. Si la jubilación flexible se solicita transcurridos al menos seis meses desde la jubilación, el pensionado recibirá un porcentaje adicional.

El objetivo es ofrecer «más y mejores opciones a la hora de jubilarse o compatibilizar empleo y pensión»

La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, defendió a finales de mayo que el objetivo es ofrecer «más y mejores opciones a la hora de jubilarse o compatibilizar empleo y pensión». A su vez, podrá solicitar una fórmula mediante la cual «las personas que ya han accedido a una pensión de jubilación contributiva y desean volver a realizar una actividad laboral compatible con el cobro parcial de dicha pensión».

Los días ubicados entre el 55% y el 80% sumará el 25% extra sobre el monto de la pensión, mientras que los que van Del 33% al 55% verán un aumento del 15%. En el caso del trabajo por cuenta propia, el jubilado podrá recibir hasta 25% de la pensión durante el ejercicio de la actividad.

Quien haya aceptado involuntariamente una jubilación anticipada también verá mejorada su pensión inicial cuando vuelva a la jubilación plena, recalculando la base reguladora y el porcentaje aplicable en función del periodo de cotización. La nueva regulación se aplicará a todos los regímenes de Seguridad Social, excepto los regímenes especiales de los funcionarios del Estado, de las Fuerzas Armadas y del personal al servicio de la Administración de Justicia.



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