España no convence a Europa para obligar a las aerolíneas a que la maleta de mano sea gratuita en los aviones
Garantizar que los pasajeros de avión puedan viajar con una maleta de mano gratis. Ese era el principal objetivo de España en la reforma sobre los derechos de los pasajeros aéreos, sobre la que el viernes se alcanzó un acuerdo entre los Estados miembros después de trece años de negociaciones y que, previsiblemente, este lunes votará a favor el Parlamento Europeo. Y ese ha sido el principal fracaso.
[–>[–>[–>Según el artículo pactado, al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO, «las compañías aéreas permitirán a los pasajeros llevar un artículo personal en cabina sin coste adicional», así como una pieza de equipaje de mano «en función de la capacidad de la cabina del avión». Además, las tarifas publicadas deberán incluir «por defecto, el equipaje de mano permitido antes de iniciar cualquier proceso de reserva». Y «las compañías aéreas» y «los intermediarios» podrán ofrecer «ofertas diferenciadas a los pasajeros que opten voluntariamente por viajar sin equipaje de mano».
[–> [–>[–>De esta forma, las aerolíneas podrían ofertar billetes ‘básicos’ que incluyan maleta de mano en cabina y otros más baratos que no incluyan el equipaje de mano, según defienden desde la Asociación de Líneas Aéreas (ALA). Esto, a efectos prácticos, tendría el mismo resultado que aquello de lo que se queja el Gobierno español: llevar una maleta tipo ‘trolley’ en cabina supondría un coste superior que ir sin ella.
[–>[–>[–>
El Gobierno español ha votado en contra de la reforma precisamente porque la gratuidad de la maleta de mano era su línea roja. Fuentes del Ministerio de Consumo reconocen que debería ser un derecho fundamental y lamentan no haber conseguido una regulación «más garantista y ambiciosa que la que finalmente ha salido adelante». «La gratuidad del equipaje de mano es un derecho reconocido para los pasajeros, tal y como han defendido decenas de sentencias de los tribunales en España», afirman las mismas fuentes.
[–>[–>[–>El departamento que dirige Pablo Bustiduy multó con 179 millones a Ryanair, Vueling, Easyjet, Norwegian y Volotea por, entre otras cuestiones, cobrar un suplemento por el equipaje de mano. La sanción, anunciada a finales de 2024, enfrentó a aerolíneas con el Ejecutivo, lideradas por Ryanair, la compañía más afectada porque la multa asciende a 107 millones de euros y cuyo consejero delegado de Ryanair, Michael O’Leary, llegó a llamar “tonto” al ministro de Consumo, Pablo Bustinduy.
[–>[–>[–>
Sobre estas sanciones, fuentes del Ministerio aclaran que los expedientes siguen su curso y tendrá que ser el Tribunal de Justicia de la Unión Europea quien determine, en última instancia, el efecto de estas sanciones. En cualquier caso, puntualizan que las multas fueron impuestos cuando estaba el reglamento vigente, por lo que no se vería afectado por los nuevos cambios.
[–>[–>
[–>Más protección
[–>[–>[–>
Más alla del equipaje, la nueva normativa introduce algunas mejoras. Así, a partir de ahora -si finalmente sale ratificado el texto- las aerolíneas no podrán cobrar a los pasajeros por elegir asiento cuando viajen con menores o personas dependientes, no podrán cobrar por imprimir los billetes en el aeropuerto, ni en caso de error tipográfico al realizar una reserva. Tampoco podrán denegar el embarque en un vuelo de vuelta si no se ha utilizado el billete de ida, como ocurre en algunos casos (cláusula ‘no show’).
[–>[–>[–>
«Echamos de menos medidas adicionales de protección de los derechos de los pasajeros. Las normas deben modificarse para mejorarse y proteger a la ciudadanía», explica César Díaz, portavoz de la Confederación de Consumidores y Usuarios (CECU). Y aunque reconoce que el documento pactado «no es el mejor texto posible» también se sienten «aliviados» con el resultado obtenido dada «la deriva de las propuestas del Consejo de la UE».
[–>[–>[–>Compensación por retraso
[–>[–>[–>
El principal escollo de toda la negociación ha sido el derecho a obtener una compensación en caso de retraso de un vuelo. Según explica Díaz, este derecho no está actualmente en la normativa, sino que se aplica por jurisprudencia. El Consejo quería incluirlo en el texto, pero limitando las opciones para acceder a compensación y rebajando el importe de las compensaciones. Y el Parlamento Europeo se negaba a retroceder en derechos.
[–>[–>[–>
Finalmente, se ha incluido el derecho a una compensación bajo las mismas reglas que antes: a partir de las tres horas de demora y por cuantías de entre 250 y 600 euros en función de la distancia del trayecto y el tiempo de retraso. «El Parlamento Europeo prometió a los pasajeros que sus derechos no retrocederían y no nos rendimos», celebró el viernes en la red social X (antes, Twitter) el negociador de la Eurocámara, el conservador búlgaro, Andrey Novakov.
[–>[–>[–>
Trece años
[–>[–>[–>
La Comisión Europea propuso en 2013 actualizar el reglamento actual (261/2004) de derechos de los pasajeros aéreos. A su juicio, el texto actual contenía «lagunas, interpretaciones dispares y dificultades en la aplicación uniforme de estos derechos», según un informe elaborado por la consultora PwC. Entonces, el Ejecutivo comunitario planteó aclarar la definición del concepto «circunstancias extraordinarias», así como el derecho a cambiar de ruta tras retrasos prolongados, la prohibición de denegar el embarque por vuelos cancelados o el establecimiento de derechos durante los retrasos en pista.
[–>[–>[–>
El Parlamento Europeo presentó en 2024 una primera opinión sobre la propuesta de la Comisión Europea, pero el proceso se estancó al llegar el turno del Consejo de la UE. Y lo hizo ni más ni menos que durante trece años, hasta que en junio de 2025 los ministros de Transportes de la Unión Europea alcanzaron un acuerdo político que desbloqueó las negociaciones. Y aunque las posiciones de partida eran casi antagónicas, porque el Consejo quería recortar el derecho a indemnización por retraso y el Parlamento Europeo se negaba, se logró el acuerdo.
[–>[–>[–>
Fase de conciliación
[–>[–>[–>
La divergencia entre ambas instituciones fue tal que se tuvo que activar la Comisión de Conciliación, que es la última fase legal que existe en la Unión Europea para desarrollar una normativa. Desde 1999, solo el 9% de la legislación adoptada ha sido objeto de conciliación. Y, de hecho, es la primera vez en diez años que se convoca el Comité de Conciliación, formado por eurodiputados y representantes del Consejo y pensado para que negocien entre ellos y encuentren un punto medio para ambas partes.
[–>[–>[–>
Y eso han hecho. Solo falta el lunes que el Parlamento Europeo ratifique el texto. Entonces, la nueva normativa entraría en vigor y sería de aplicación directa e inmediata en todos los Estados miembros. No se necesita ninguna ley nacional previa para ser aplicado y prevalece sobre cualquier normativa nacional.
[–>[–>[–>
Suscríbete para seguir leyendo
Puedes consultar la fuente de este artículo aquí