Condenan a una empresa por despedir a una empleada que hacía prácticas de un máster estando de baja
Una empresa debe indemnizar a un ex trabajador con más de 17.000 euros después de que el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura declarara improcedente su despido (el fallo puede leerse aquí). La trabajadora fue despedida porque la empresa consideró que había estado trabajando como docente en un instituto mientras se encontraba de baja médica. Sin embargo, los tribunales entendieron que sólo había realizado prácticas formativas en el marco de una maestría y que esta actividad no justificaba el despido disciplinario.
Todo tiene su origen cuando Juana, la trabajadora, empezó a trabajar en una notaría el 28 de septiembre de 2017. Tras varios contratos temporales en el tiempo, la relación laboral se consolidó a partir del 2 de abril de 2018, momento que se toma como fecha de referencia para establecer la antigüedad. A partir de ese momento Juana prestó sus servicios ininterrumpidamente como Oficial Segunda en la notaría. hasta el momento de su despido.
Realizó una maestría estando de baja médica
Desde el 17 de agosto de 2023 al 25 de octubre de 2024 estuvo de baja por incapacidad temporal. Durante su tiempo libre realizó una Maestría. en Formación de Profesorado de Educación Secundaria que finalizó en junio de 2024, con especialidad en Economía y Empresa, por la Universidad de Extremadura.
Como parte de los requisitos de dicha maestría, entre el 11 de marzo y el 10 de mayo de 2024, se realizará el mencionado Estaba realizando prácticas docentes obligatorias en el Instituto de Máster Domingo Cáceres de Badajozdonde se presentó como “Profesor de Formación y Orientación Laboral”, según informó el fallo. El 25 de octubre de 2024 Juana notifica vía correo electrónico a la empresa su alta médica y expresa que tiene intención de disfrutar de las vacaciones pendientes para los años 2023 y 2024, aunque regresa a su trabajo el 28 de octubre.
El TSJE condena a la empresa a pagar 17.359 euros
Sólo 10 días después, el 7 de noviembre, La empresa le entregó una carta de despido disciplinario en la que le acusaba de haber trabajado como docente. para un tercero al mismo tiempo que se encontraba de baja por incapacidad temporal, basándose la empresa en información aparecida en el perfil de LinkedIn de Juana.
Sin embargo, el 1 de diciembre de 2025, el Juzgado de lo Social nº 2 de Badajoz dictó sentencia declarando que el despido fue improcedente y condenando así a la empresa a reintegrar a Juana o indemnizarla con 17.359,10 euros. Ante esta sentencia, la empresa recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura. Pese a ello, el TSJB ratificó la sentencia ya dictada anteriormente y desestimó el recurso de la empresa, además de condenarla en costas.
En vista de la sentencia, Para el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura no existe ningún tipo de incompatibilidad entre encontrarse de baja por incapacidad temporal y simultáneamente cursar un máster donde deberá realizar una serie de prácticas formativas para completar la carrera, si bien se deduce que existiría incompatibilidad para desempeñar sus funciones como notaria.
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