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La justicia obliga a una pensionista a devolver más de 5.300 euros que recibió por un error informático de la Junta de Extremadura

La justicia obliga a una pensionista a devolver más de 5.300 euros que recibió por un error informático de la Junta de Extremadura
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  • Publishedjulio 27, 2026



en noviembre 2022Una mujer que cobraba una pensión de invalidez no contributiva desde 2015 vio cómo su cuenta bancaria registraba unos ingresos muy superiores a los habituales. Ese mes, en lugar de 242,30euros que le correspondía, la administración autonómica le trasladó 5.607,86 euros.

La diferencia, mayor que la 5.300€no respondió a ninguna actualización de su expediente, sino a una falla en el sistema informático encargado de generar los pagos a los pensionados.

El error se detectó casi de inmediato. propio Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y familia de la Junta de Extremadura constató el incidente y, apenas un mes después, emitió una resolución en la que exigía al beneficiario la devolución de 5.365,56 euros en concepto de cobro indebido. El pensionado, sin embargo, se opuso a la devolución y presentó una demanda. reclamación administrativael cual fue desestimado a principios de 2023. Una vez agotada la vía anterior, llevó su caso a los tribunales.

La batalla judicial por el paso del tiempo

La defensa de la mujer se basó en un argumento cronológico: Argumentó que la administración había dejado pasar demasiado tiempo entre el supuesto pago erróneo y la reclamación formal, por lo que la deuda debía considerarse prescrita. El Juzgado de lo Social número 3 de Cáceres no compartió ese razonamiento.

En su sentencia del 24 de abril de 2024 destacó que el artículo 55 de la Ley General de Seguridad Social Se fija un plazo de cuatro años para que las entidades gestoras exijan la devolución de prestaciones indebidamente percibidas. Como el pago incorrecto ocurrió en noviembre de 2022 y la demanda fue interpuesta en diciembre de ese mismo año, el margen legal estuvo lejos de agotarse.

El pensionista decidió entonces recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, insistiendo en que el juez de instancia no había valorado correctamente la prescripción. Pero la Cámara Social, en el fallo STSJ EXT 1145/2024 emitida el 3 de octubre de 2024desestimó el recurso y confirmó íntegramente la decisión anterior.

Juicio Pexels

Un fallo que sienta las bases para casos similares

Los magistrados extremeños fueron categóricos al señalar que la modificación de los hechos probados solicitada por el recurrente no pude encontrar apoyo en cualquier documento del procedimiento.

En realidad, lo que pretendía la mujer era reemplazar la valoración jurídica del tribunal por sí misma, algo que el tribunal consideró inadecuado en esa fase del proceso. La sentencia destaca que el debate sobre la prescripción ya se habia resuelto claramente en la instancia anterior, sin que se aprecie violación legal alguna.



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