¿A qué edad me podré jubilar en 2025 si nací en 1960, 1961, 1962 o 1963 en adelante?
Este nuevo año representa un cambio en edad de jubilación para futuros pensionistas. Jubilarse en España a los 65 añosEs una realidad en 2025aunque si, siempre que se hayan realizado aportes por más de 38 años y tres meses. En este sentido, cabe recordar que hasta el año pasado sólo era necesario haber cotizado 38 años a la Seguridad Social.
Ahora bien, en el caso de que los aportes se hayan realizado por menos de 38 años y tres meses, La edad de jubilación se fija en 66 años y ocho meseses decir, dos meses más que en 2024. Este incremento paulatino está recogido en la Ley 27/2011, de 1 de agosto, de actualización y modernización del sistema de Seguridad y Seguridad.
En la norma, Se aumenta progresivamente la edad de jubilación, pasando de 65 a 67 años en 2027un año en el que finalmente se estancará. A todo esto hay que sumarle que el factor clave para determinar cuándo te vas a jubilar del mercado laboral, que depende principalmente de dos variables: el año de nacimiento y los años de cotizaciones acumuladas.
¿Cuándo me jubilo si nací en 1960?
Si naciste en 1960, puedes jubilarte a los 65 años y recibir la pensión completa si has cotizado 38 años y tres meses o más. Si no ha conseguido aportar la cantidad mencionada anteriormente a la Seguridad Social, Tendrás que jubilarte a los 66 años y 8 meses para obtener el 100% de la pensión.
¿Qué pasa si nací después de 1960? Tabla de jubilación por año de nacimiento
- Si nació en 1961: Podrás jubilarte a los 65 años en 2026 y obtener el 100% de la pensión si has cotizado 38 años y 3 meses o más. Si no has cotizado, tendrás que jubilarte a los 66 años y 10 meses.
- Si nació en 1962: Podrás jubilarte en 2027 a los 65 años, siempre y cuando hayas cotizado al menos 38 años y 6 meses. En caso contrario, tendrás que esperar hasta tener 67 años.
- Si nació en 1963: A partir de 2028, estos trabajadores tendrán las mismas condiciones que los nacidos en 1962. La edad ordinaria de jubilación será de 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más, y de 67 años si no se ha cumplido ese tiempo.
- Si nació en 1964: jubilación ordinaria en 2029 a los 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. En caso contrario, tendrás que esperar hasta tener 67 años.
- Si nació en 1965: jubilación ordinaria en 2030 a los 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. En caso contrario, tendrás que esperar hasta tener 67 años.
- Si nació en 1966: jubilación ordinaria en 2031 a los 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. Si es inferior, tendrás que esperar hasta los 67 años.
- Si nació en 1967: jubilación ordinaria en 2032 a los 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. En caso contrario, deberán esperar hasta los 67 años.
- Si nació en 1968: jubilación ordinaria en 2033 a los 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. En caso contrario, tendrás que esperar hasta tener 67 años.
- Si nació en 1969: jubilación ordinaria en 2034 a los 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. En caso contrario, tendrás que esperar hasta tener 67 años.
Cómo se calcula la edad de jubilación en 2025
El cálculo de la pensión pública de jubilación tiene en cuenta múltiples factores: el número de años cotizados a la Seguridad Social durante la vida laboral; la evolución de salarios y bases de cotización; la edad de acceso a la jubilación, que va en aumento; la evolución futura de la esperanza de vida; y la inflación, ya que la revalorización de las pensiones está ligada a la inflación media (IPC) registrada el año anterior.
Periodo mínimo de cotización
El periodo mínimo de cotización para acceder a la jubilación en 2025 se mantiene igual que en 2024. Se requiere haber cotizado al menos 15 añosde los cuales al menos dos deberán haber ocurrido en los 15 años anteriores a la jubilación. Este requerimiento se conoce como deficiencia específica y Es imprescindible acceder a una pensión contributiva.
Cálculo de la pensión de jubilación
Para calcular la pensión que recibirá, debe aplicarse al importe obtenido como base reguladoraun porcentaje que depende de los años de cotización. Partiendo de una escala que comienza con el 50% de la pensión para quienes solo han cotizado el mínimo (15 años), hasta el 100% para quienes han cotizado 36 años y 6 meses en 2023. A partir de 2027 serán necesarios 37 años de aportaciones para acceder al 100%.
Una vez calculada la pensión de jubilación, si ésta es inferior a la pensión mínima establecida cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, se puede complementar con un complemento mínimosiempre que se cumplan ciertos requisitos. Esta cantidad también puede verse incrementada mediante incentivos si decides retrasar la jubilación.
Cálculo de la base reguladora
Antes de empezar con las cuentas, debes conocer varios términos, empezando por la base de cotización, que es la cantidad sobre la que se calculan las cotizaciones a la Seguridad Social tanto del trabajador como de la empresa. Incluye pagas extras prorrateadas, ya que se tienen en cuenta 12 bases de cotización al año, y otros conceptos como horas extras, vacaciones no disfrutadas, etc. La base de cotización no incluye dietas y otros conceptos como gastos de transporte..
Cada año, la Seguridad Social fija límites máximos y mínimos para las bases de cotización de las distintas categorías profesionales. y sobre ellos, aplicando determinados tipos de cotización, se calculan las cotizaciones sociales (cuotas de cotización). Con la última reforma de las pensiones, la de 2023, se introdujo la limitación de las bases máximas de cotización -acompañada de un aumento de la pensión máxima diez veces inferior-.
En el caso de bases máximas, Se sumará al IPC una cantidad fija de 1,2 puntos cada año del periodo 2024-2050. Esto supone que, en 2025, la base máxima de cotización sube un 4% (2,8% del IPC medio más un 1,2% adicional), hasta situarse en 4.909,5 euros brutos mensuales (58.914 euros).
Por su parte, La base reguladora es la cifra que se utiliza para calcular el importe de las prestaciones contributivas como las pensiones o el desempleo.. Se obtiene de las bases de cotización acumuladas durante un período determinado. En 2025 se seguirán teniendo en cuenta los últimos 25 años de aportaciones (300 meses) anteriores al cese de la actividad laboral, y esta suma se dividirá entre 350. Las bases de cotización de los dos últimos años se computarán por su valor nominal, mientras que las anteriores se actualizarán según la inflación medida por el IPC.
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