BIZUM HACIENDA | Hacienda pone Bizum en su punto de mira sobre autónomos y empresarios: los bancos deberán informar cada mes
El real decreto en el que está trabajando el Ministerio de Hacienda para dar un paso más en la lucha contra el fraude fiscal y el blanqueo de capitales implicará una serie de importantes cambios, entre los cuales destaca la nueva declaración que las entidades emisoras de tarjetas deberán presentar a partir del próximo año si los movimientos superan el umbral de los 25.000 euros anuales.
[–>[–>[–>[–>Sin embargo, las tarjetas físicas no serán el único instrumento bancario afectado por este paquete de medidas en pro de la transparencia financiera. Otras herramientas como Bizum, servicio gratuito para realizar pagos instantáneos a través de una aplicación móvil y requiriendo solo el número de teléfono de ambas partes de la transacción, también adquirirán un papel destacado en este nuevo proyecto de Hacienda, especialmente de cara a la declaración de cobros de empresarios y autónomos.
[–>[–>[–>[–>Declaración mensual y sin límite
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Con tal de detectar y prevenir el uso del dinero en efectivo a través de transacciones no declaradas, Hacienda prepara una actualización de la normativa actual, que hasta ahora establecía una declaración anual sobre cobros de autónomos o empresarios mediante tarjeta solamente si estos superaban los 3.000 euros. Pues bien, no solo desaparece este límite, sino que las entidades deberán presentar esta información mensualmente.
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Asimismo, la obligación de informar de los pagos abarcará también aquellos realizados a través de Bizum, así como otros sistemas de pago móvil, independientemente de si su lugar de origen se ubica dentro la Unión Europea o fuera de ella.
[–>[–>[–>[–>[–>[–>[–>¿Qué información exigirá Hacienda?
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Los datos que las entidades facilitarán a Hacienda deberán incluir la identificación completa de los empresarios o profesionales, el importe mensual recibido a través de Bizum y las cuentas donde han sido ingresados dichos fondos.
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¿A partir de cuándo?
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Será a partir del próximo año cuando las entidades emisoras de tarjetas, ya sean de crédito, débito, prepago o cualquier otra modalidad, deberán realizar esta nueva declaración, siempre que el proyecto siga adelante. Así, las entidades deberán incluir los movimientos correspondientes al 2025.
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