Bruselas da margen a España para poder triplicar la inversión en defensa en 2028 sin subir aún impuestos ni recortar gastos
La Comisión Europea ha “invitado” a todos los estados miembros a acogerse a una nueva cláusula de escape en el plazo de cuatro semanas (hasta mediados de abril) para poder aumentar de forma decidida su gasto en defensa en los próximos cuatro años (2025-2028) fuera del yugo de las reglas fiscales. Para España, esta nueva cláusula de escape da margen al Gobierno para poder aumentar el gasto en defensa en hasta 24.000 millones, hasta situarse en el entorno de los 40.000 millones (el 2,5% del PIB) en 2028, sin tener que acometer de forma inmediata ni una subida similar de impuestos ni un recorte semejante de otros gastos (que sí que habría que encajar después de 2028). El Gobierno no ha concretado, hasta ahora, cómo prevé aumentar el gasto en defensa ni en qué medida someterá sus decisiones a la votación del Parlamento.
En general, una cláusula de escape es un mecanismo que permite relajar el rigor de las reglas fiscales con el fin de permitir a los estados miembros atender algún tipo de circunstancia excepcional, como fue el covid, en su día, o lo es ahora la necesidad de reforzar la seguridad de la UE.
El diseño de la nueva cláusula se recoge en el documento ‘Acomodar el aumento del gasto en defensa en el marco del Pacto de Estabilidad y Crecimiento’, publicado este miércoles por la Comisión Europea, junto con el ‘Libro blanco sobre el futuro de la defensa’. Según este documento, cada Estado miembro de la UE podrá aumentar su gasto en defensa (respecto al que tenían en 2021) en cada uno de los cuatro años comprendidos entre 2025 y 2028 en el equivalente al 1,5% del PIB sin riesgo de que ello pueda conducir al país a un procedimiento sancionador por déficit excesivo, por haber sobrepasado el techo de gasto o la regla de déficit del 3% del PIB (siempre que la causa sea el aumento del gasto en defensa).
De entrada, esta cláusula de escape permanecerá activa durante cuatro años (2025-2028), ya que la Comisión Europea interpreta que “parece apropiado un período de cuatro años para la transición a un nivel estructuralmente más alto de gasto de defensa”. No obstante, según el documento publicado, una vez cumplido este periodo, “y si persisten las circunstancias excepcionales, el Consejo podrá prorrogar hasta un año el plazo durante el cual cada Estado miembro puede desviarse de la senda de gasto neto establecida por él”, es decir, hasta el 2029. O bien, hasta más adelante, pues se admite que “el Consejo podrá conceder más de una prórroga”. En todo caso, se permitirá que contratos firmados durante este periodo, pero con entregas posteriores, aún se beneficien de la flexibilidad de la cláusula de escape (y no computen a efectos de las reglas fiscales).
De acuerdo a las nuevas reglas fiscales -aprobadas por el Parlamento Europeo en abril de 2024- cada país se compromete a no subir su gasto presupuestario (en términos de gasto primario neto) por encima de una determinada tasa durante el periodo de cuatro años (ampliable a siete) de su correspondiente Plan Fiscal y Estructural a Medio Plazo. En el Plan Fiscal presentado por España el 15 de octubre de 2024 (aprobado por la Comisión Europea) el Gobierno se compromete a limitar el aumento del gasto a un promedio del 3% en cada uno de los siete próximos años, con el fin de situar el déficit público en el 0,8% del PIB en 2031 y la deuda pública, en el 90,6% del PIB. Incumplir el techo de gasto comprometido, situar el déficit por encima del 3% del PIB o una desviación en la reducción de la deuda pública son los tres motivos que pueden llevar a la Comisión Europea a abrir un expediente por déficit excesivo a un país, con sus correspondientes sanciones económicas. Solo se puede gastar más, por encima de lo comprometido, si en paralelo se acomete una subida de impuestos por importe similar.
Permitir a los países no tener que encajar el aumento del presupuesto en defensa dentro del techo de gasto comprometido con Bruselas equivale a decir que cada gobierno podrá aumentar su presupuesto en defensa respecto al que tenía en 2021 (que es el año que se ha tomado como referencia, previo a la guerra en Ucrania), y hacerlo de forma muy importante (una cantidad adicional equivalente a hasta el 1,5% del PIB), sin necesidad de tener que acometer –al menos, de momento– una subida de impuestos por importe similar o un recorte de otros gastos del mismo calibre mientras esté abierta la cláusula de escape (en principio, hasta 2028).
Ahora bien, se advierte de que en el momento en que finalice esa cláusula (después de 2028, en principio) los estados miembros tendrán que ser capaces de mantener ese nivel de gasto en defensa dentro de sus límites presupuestarios.
En definitiva, tal como se explica en el documento ‘Acomodar el aumento del gasto en defensa en el marco del Pacto de Estabilidad y Crecimiento’, esta cláusula de escape ofrece “flexibilidad para que los Estados miembros puedan realizar la transición a un mayor nivel de gasto en defensa”.
No obstante, la Comisión Europea deja bien claro que “tras ese período, los Estados miembros tendrían que mantener el mayor nivel de gasto [en defensa] a través de La reorganización gradual de las prioridades en sus presupuestos nacionalesPara salvaguardar la sostenibilidad fiscal. »
Es decir en 2029 [o después, si hay prórroga] El aumento en el gasto de defensa tendrá que consolidarse en el presupuesto nacional a través de un aumento de impuestos similar o mediante un ajuste equivalente de otros gastos.
De acuerdo a los datos de la Intervención General del Estado (IGAE), España gastó en defensa 11.716 millones de euros en 2021. En este cálculo, la IGAE aplica el criterio de ‘clasificación de las funciones de las administraciones públicas’ (COFOG, por su sigla en inglés), homologado por la oficina estadística europea Eurostat. En 2023 -último dato disponible- esta partida llegó a 13.987 millones.
En el periodo de cuatro años para el que, en principio, está disponible esta cláusula (de 2025 a 2028), España podría elevar su gasto en defensa hasta en 24.000 millones (el 1,5% del PIB), y situarlo cerca de los 40.000 millones (el triple que en 2023, y el 2,5% del PIB) aunque ello pudiera suponer disparar su déficit público hasta el 4,5% del PIB. En este hipotético caso extremo, el déficit imputable al aumento del gasto en defensa (1,5% del PIB) no se tendría en cuenta a efectos de las reglas fiscales y España solo sería juzgada por un déficit del 3% (compatible con los límites del Tratado Europeo).
En general, la Comisión Europea sostiene que “si se activa la cláusula de escape nacional con arreglo a las condiciones anteriores, y en caso de un exceso del déficit por encima del 3% del PIB o una desviación de la senda de gasto neto aprobada, como resultado de un aumento del gasto de defensa, la Comisión y el Consejo podrán decidir no llegar a una conclusión sobre la existencia de un déficit excesivo”. Desde Bruselas se subraya que “esto es especialmente relevante para los Estados miembros con una deuda superior al 60% del PIB”. En particular, España cerró 2024 con una deuda del 101,8% del PIB.
Imagen de autos de combate / Archivo
Se establece que la aplicación de la cláusula nacional de escape corresponderá “a toda la categoría estadística de la división 02 de COFOG – Defensa, que es un concepto cercano al agregado utilizado por la OTAN”, explica la Comisión Europea. Según el documento publicado en Bruselas, “con este enfoque, un aumento de las capacidades de defensa de los Estados miembros, ya sea mediante la implementación de nuevos equipos e infraestructuras militares o mediante el aumento del personal militar y la mejora de su formación, resultarían en un aumento del gasto en defensa, medido según las definiciones de COFOG y de la OTAN”. La comunicación emitida por la Comisión Europea este miércoles establece que “para garantizar que todos los gastos relacionados con las prioridades establecidas por el Consejo Europeo se beneficien de la activación de la cláusula de escape nacional, los Estados miembros deben informar a Eurostat sobre todos los gastos relacionados con la defensa que deban contabilizarse bajo la clasificación COFOG de defensa”. El Gobierno español confía en que Eurostat avance hacia una nueva definición del gasto en defensa más amplia que la que rige en la actualidad para dar cabida a conceptos como los de ciberseguridad, entre otros.
Después de la publicación, este 19 de marzo, de la comunicación ‘Acomodar el aumento del gasto en defensa en el marco del Pacto de Estabilidad y Crecimiento’ se abre un plazo de cuatro semanas, “hasta finales de abril”, para que los Estados miembros presenten ante la Comisión Europea sus solicitudes para activar la cláusula nacional de salvaguardia. “La Comisión está preparada para evaluar con celeridad las solicitudes recibidas y adoptar recomendaciones al Consejo en junio, para su adopción por este en julio”, se afirma en la comunicación.
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