Consumo multa con 179 millones a cinco aerolíneas de bajo coste por cobrar el equipaje de mano, por elegir el asiento e imprimir billetes
Él El Ministerio de Consumo multa a Ryanair, Vueling, EasyJet, Norwegian y Volotea con 178,9 millones de euros para el cobro de suplementos por el equipaje de mano o reserva de asientos adyacentes para acompañar a personas dependientes. En concreto, el ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, ha firmado las sanciones por prácticas abusivas propuestas por la Secretaría General de Consumo y Juego en mayo, aunque en aquel momento la multa ascendía a 150 millones y no afectaba a Norwegian. con esta firmaBustinduy responde a los recursos interpuestos por las aerolíneas afectadas en septiembre y al que Consumo tuvo tres meses para responder.
El Asociación de Líneas Aéreas (ALA)que aglutina el 85% del tráfico aéreo de España, ha criticado la decisión del Ministerio de Consumo como “Un disparate” porque sitúa a España como el único país de la UE donde quieren prohibir las prácticas de cobro para el equipaje en cabina, lo que, además de ser una intromisión ilegal y atentar contra la libertad de mercado, supone una ofensa comparativa respecto a los países de nuestro entorno donde esta práctica no está prohibida. Además, advierte que La sanción al Consumidor no se aplicará hasta que haya una resolución judicial y, por tanto, no habrá cambios en las políticas de las aerolíneas hasta entonces.
En detalle, Ryanair ha sido multada con 107.775.777 euros; Vueling, con 39.264.412 euros; Easyjet, con 29.094.441 euros; Noruega, con 1.610.001 euros y Volotea, con 1.189.000,99 euros. Las sanciones incluyen la prohibición expresa de continuar con las prácticas sancionadas, que son: exigir el pago de un complemento por el transporte de equipaje de mano en cabina; exigir el pago de un Coste adicional sobre el precio del billete por reservar asientos adyacentes. en el caso de menores y personas dependientes y sus acompañantes; no permitir pago en efectivo en aeropuertos españoles; imposición de una tasa desproporcionada y abusiva a los pasajeros por el impresión de tarjetas de embarque; y omisiones de información engañosas y falta de claridad en los precios publicados tanto en su propia página web como en la de terceros, lo que dificulta la comparación de ofertas de precios. Además, en el caso de la aerolínea Ryanair, también se sanciona una práctica por la que a los usuarios se les cobra una cantidad desproporcionada por imprimir el billete en la terminal cuando no lo tienen.
De esta forma, finaliza la investigación iniciada por la Dirección General de Consumo en 2023 sobre prácticas que han sido catalogadas como infracciones «muy graves» de la normativa de consumo recogida en el artículo 47 del texto refundido de la Ley General de Consumo. Defensa de los Consumidores y Usuarios, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre (TRLGDCU).
“Se trata de la primera vez que sanciones calificadas como muy graves reciben firmeza por parte de la Administración General del Estado en materia de consumo, cuyo ministerio adquirió competencias sancionadoras en junio de 2022”, afirma el Ministerio de Consumo.
Consumo explica que para «garantizar» la «proporcionalidad y eficacia» de las sanciones impuestas, así como su efecto «disuasivo», El cálculo de las sanciones se ha realizado utilizando el criterio del beneficio ilícito obtenidoes decir, calcular la multa en función de los beneficios obtenidos por las aerolíneas con las prácticas infractoras, tal como lo establece el régimen sancionador de Consumo.
Esta orden firmada por el Ministro Bustinduy pone fin a la vía administrativa, aunque ahora se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional dentro del plazo de dos meses. Transcurrido este plazo de dos meses, si las empresas no han interpuesto recurso de apelación ante el Juzgado, la orden se hará efectiva.
Reacción de los empresarios de las aerolíneas
HACIA ha reafirmado la legalidad de este procedimiento avalado por el Reglamento UE 1008/2008 y ha confirmado que las compañías aéreas afectadas recurrirán la decisión del Ministro de Consumo ante la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, ya que es manifiestamente ilegal, inexplicable y puede perjudicar grave e irreversiblemente a muchos pasajeros. De esta forma, advierten de que no habrá cambios en el cargo por equipaje ni en el resto de aspectos sancionados por Consumo hasta que haya una resolución judicial firme.
“Se aplicará la resolución del Ministerio de Consumo Causaría un daño irreparable a los pasajeros, al atacar su libertad de planificar su viaje. a la carta en función de sus necesidades y obligarlos a pagar por beneficios que tal vez no necesiten. Actualmente, cerca de 50 millones de pasajeros viajan sin equipaje en cabina y, con la decisión de Consumidores, se verán obligados a subvencionar este servicio al resto de pasajeros.”, afirmó el presidente de ALA, Javier Gándara.
Además, ALA insiste en que la Comisión Europea ha defendido la libertad de las compañías aéreas para fijar las tarifas aéreas y ha cuestionado exigir a las compañías aéreas que incluyan equipaje de mano gratuito en el billete lo que, a su juicio, podría constituir una interferencia en dicha libertad.
Ryanair predice una victoria en los tribunales
En esta línea, Ryanair, la primera compañía aérea de España por número de pasajeros, ha dado instrucciones a sus abogados para que recurran de inmediato las multas «ilegales e infundadas» sobre equipaje impuestas en España. Michael O’Leary, director general de Ryanair, ha señalado que estas sanciones «inventadas por el Ministerio de Consumo español por motivos políticos, violan claramente la legislación de la UE (Reglamento 1008/2008)» y será «anulada por los tribunales de la UE, que han confirmado repetidamente el derecho de todas las aerolíneas de la UE a fijar precios y políticas sin interferencia gubernamental.» «Estas multas ilegales en España, basadas en una antigua ley de la década de 1960, antes de la adhesión de España a la UE, destruirían la capacidad de las aerolíneas de bajo coste de generar ahorros para los consumidores a través de tarifas más baratas», O’Leary añadió en un comunicado.
Norwegian «se ha puesto en contacto con las autoridades españolas y de la Unión Europea para entender la decisión adoptada, con la que discrepa profundamente». La compañía noruega considera que su política de equipaje «cumple la normativa de la Unión Europea, y su aplicación es fundamental para gestionar las normas de peso y espacio limitado a bordo».
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