Cuál es la cantidad máxima de dinero que se puede heredar sin pagar impuestos: diferencias por comunidades autónomas
Andalucía: Reducción de hasta un millón de euros para quienes sean descendientes, cónyuges y ascendientes, y de 250.000 euros para los familiares de segundo y tercer grado, así como para los descendientes y ascendientes por afinidad, y para los familiares de cuarto grado y otras relaciones de parentesco.
Aragón: bonificación del 99% en el impuesto de sucesiones
Asturias: Exención del pago del impuesto hasta que la herencia alcance los 300.000 euros para los hijos menores de 21 años que sean descendientes o adoptados y los cónyuges, ascendientes o adoptantes mayores de 21 años
Islas Baleares: Las herencias entre ascendientes, descendientes y cónyuges están exentas de impuestos. Descuento general del 25% en la cuota de herencia entre hermanos, tíos y sobrinos y del 50% si el causante no tenía descendencia
Canarias: Las herencias entre ascendientes, descendientes, cónyuges, hermanos, sobrinos y tíos tienen una bonificación del 99,9% de la cuota
Cantabria: bonificación del 95% para hijos, padres y cónyuges sobre la base imponible del hogar con un máximo de 125.000 euros por heredero
Castilla-La Mancha: bonificación del 100% para padres, hijos y cónyuges. Bonificación del 80% si la herencia supera los 300.000 euros
Castilla y León: bonificación del 99% para familiares directos
Cataluña: Se aplica una reducción en la base imponible en función del grado de vinculación. Los límites oscilan entre 100.000 y 200.000 euros en función de las circunstancias y parentesco de las personas que reciben la herencia.
Ceuta y Melilla: se rigen por el impuesto estatal, aunque con particularidades para los residentes en estos territorios
Comunidad Valenciana: bonificación del 99% en herencias para cónyuges, ascendientes y descendientes
Extremadura: bonificación del 99% para menores de 21 años. Se establecen secciones para personas mayores. 99% cuando la base imponible no supere los 175.000 euros, 95% cuando no supere los 325.000 euros y 90% cuando no supere los 600.000 euros
Galicia: Reducción de 400.000 euros para familiares del grupo II
La Rioja: bonificación del 99% en herencias de padres a hijos o entre cónyuges
Madrid: bonificación del 99% para cónyuge o familiares directos del fallecido. Bonificación del 25% para hermanos, tíos y sobrinos
Murcia: bonificación del 99% para familiares de los grupos I, II y III
Navarra: Bonificación del 2% al 16% para descendientes y ascendientes por consanguinidad para cónyuges, del 0% para cantidades inferiores a 250.000 euros y del 0,8% para cantidades superiores
País Vasco: Las herencias inferiores a 400.000 no tienen que pagar impuestos si son descendientes, ascendientes o cónyuges o parejas de hecho
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