DERECHOS LABORALES | ¿Es legal que la empresa me añada a un grupo de WhatsApp? Todo sobre la normativa de protección de datos

En la actualidad, muchos trabajadores se encuentran atrapados en un círculo sin fin de notificaciones y mensajes en sus móviles personales a través de grupos de WhatsApp del trabajo. Esta práctica ha generado una discusión sobre sus implicaciones legales y los derechos de los empleados en relación a la desconexión digital.
¿Es legal que te incluyan en un grupo de WhatsApp del trabajo sin tu consentimiento?
Si tu móvil es personal, la respuesta es clara: no pueden obligarte a estar en un grupo de WhatsApp laboral sin tu consentimiento. Así lo establece la normativa de protección de datos y la legislación sobre los derechos digitales en España. La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, indica que la empresa debe contar con el consentimiento explícito del trabajador para incluirlo en cualquier grupo de WhatsApp relacionado con la actividad laboral. Esta ley protege la privacidad del trabajador, especialmente cuando se utiliza su número personal para fines profesionales.
Según los informes de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), la inclusión en un grupo corporativo sin el consentimiento del trabajador puede considerarse una infracción. Es recomendable que las empresas obtengan este permiso por escrito y que acuerden las normas de uso de la plataforma.
¿Y si el móvil es de la empresa?
En el caso de que el móvil en cuestión sea proporcionado por la empresa para llevar a cabo las tareas laborales, la situación cambia. En este caso, la empresa puede incluir al trabajador en el grupo de WhatsApp sin necesidad de su consentimiento directo. Esto se debe a que la inclusión en grupos de trabajo es una extensión de la «potestad de dirección y organización» de la empresa, que tiene derecho a imponer herramientas de comunicación para facilitar la operatividad del trabajo.
Sin embargo, hay reglas claras que la empresa debe cumplir. Según la AEPD, la empresa debe justificar la necesidad de utilizar WhatsApp para la organización laboral, y debe cumplir con los siguientes puntos:
- La empresa cubre todos los costes asociados al móvil.
- Debe existir un acuerdo claro sobre el uso del grupo de WhatsApp, especificando el tipo de comunicación que se llevará a cabo y las normas para su participación.
- Los trabajadores no están obligados a responder mensajes fuera del horario laboral. El derecho a la desconexión digital está protegido por la ley y debe ser respetado.
Grupos de la empresa WhatsApp: ¿Es legal? / 123RF
El derecho a la desconexión digital
En España, el derecho a la desconexión digital es un derecho consolidado y respaldado por varias leyes. El artículo 20. Bis del Estatuto de los Trabajadores y el artículo 88 de la Ley Orgánica 3/2018 garantizan que los trabajadores no están obligados a responder a comunicaciones laborales fuera de su jornada laboral, incluyendo mensajes de grupos de WhatsApp.
Este derecho a la desconexión se refuerza aún más con la reciente legislación sobre teletrabajo. Según la Ley 10/2021 sobre Trabajo a Distancia, las empresas deben implementar políticas que respeten el derecho de los trabajadores a desconectar digitalmente, tanto fuera de su horario laboral como durante los fines de semana y vacaciones.
¿Qué hacer si tu jefe no respeta este derecho?
Si la empresa o el jefe no respetan este derecho y te obligan a responder mensajes fuera de tu horario laboral, puedes denunciarlo ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. La ley establece que la intrusión de la vida personal del trabajador es una infracción grave que puede acarrear sanciones para la empresa.
Además, si los trabajadores se ven obligados a estar disponibles fuera del horario laboral, pueden negociar un plus de disponibilidad, que sea remunerado por la empresa, ya que el derecho a la desconexión es irrenunciable.
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