España Hoy Noticia

el 13 de enero se reabren las ayuda al alquiler para jóvenes de hasta 35 años

el 13 de enero se reabren las ayuda al alquiler para jóvenes de hasta 35 años
Avatar
  • Publishedenero 2, 2026


las llaves

nuevo
Generado con IA

La Junta de Andalucía reabrirá el próximo 13 de enero las ayudas al alquiler para jóvenes entre 18 y 35 años.

Las ayudas podrán alcanzar hasta 250 euros mensuales y se asignarán por orden de solicitud a un máximo de 15.000 beneficiarios.

Para acceder es necesario que la vivienda sea vivienda habitual, tener una renta inferior al triple del Iprem y presentar contrato de alquiler.

Las solicitudes sólo podrán realizarse electrónicamente a través de la Ventanilla Electrónica de la Junta, requiriendo certificado digital y AutoFirma.

El Junta de Andalucíaa ha confirmado este lunes que reabre las ayudas al alquiler para jóvenes. Es de hasta 250 euros al mes para quienes tengan entre 18 y 35 años.

El plazo, señalado por el Ministerio de Fomento, Articulación Territorial y Vivienda, se abre el martes 13 de enero. Los que estén interesados Que se den prisa, porque sólo hay 15.000 ayudas y se asignan por orden de solicitud.

Es decir, señalan desde el departamento que dirige Rocío Díazque a las 16.00 horas del día 13 se abre el plazo y, cuando se alcancen esas 15.000 solicitudes, se cierra.

De momento, añaden, hay 8.500 jóvenes que ya disfrutan de las ayudas desde 2025, por lo que se sumarán a ellos quienes las soliciten ahora.

El proceso de solicitud, explicado por el Ministerio de Fomento, se diseñó para que, cuando hubiera presupuesto, se pudieran incorporar nuevos solicitantes. Gracias a esta innovación y a los fondos que ahora aporta el Gobierno central, se agiliza la convocatoria.

Hasta 35 años

Sólo pueden pedir ayuda.250 euros al mes– aquellos entre 18 y 35 años. Además, deben tener ingresos inferiores a 3 veces el Iprem si son una sola persona y cuatro veces si son una familia.

La vivienda o habitación alquilada debe ser «residencia habitual y carácter permanente del solicitante durante el período de subvención, debiendo acreditarse mediante registro municipal.

Si se trata de una unidad familiar, se requerirá el certificado de empadronamiento colectivo de los miembros de la familia.

Los solicitantes aportarán en la documentación un contrato de alquiler de la vivienda o cesión de uso o un compromiso de contrato firmado por arrendador y arrendatario que incluya las condiciones esenciales del contrato. En el caso de arrendamiento parcial, si en el contrato no consta la cuota de participación, se hará declaración responsable.

Los ingresos procedentes de los contratos tendrán un límite máximo de entre 900 y 600 euros dependiendo del municipio y del tipo de contrato. Asimismo, el alquiler máximo por habitación para la concesión de estas subvenciones oscila entre los 380 y los 300 euros. El límite del alquiler no tendrá en cuenta otros gastos que puedan estar incluidos en el contrato, como trastero, garaje o gastos de comunidad.

La participación se establece por orden de asistencia no competitiva, es decir, por orden de llegada. Las solicitudes se realizarán exclusivamente de forma electrónica a través de la Ventanilla Electrónica de la Administración de la junta de andalucía (Ver). Para acceder a él es necesario contar con un certificado digital y tener instalado el programa AutoFirma del Estado.



Puedes consultar la fuente de este artículo aquí

Compartir esta noticia en: